SANCIONAR, al señor José Huaranca Callo, identificado con DNI N° 24663668, una multa equivalente a UNO PUNTO CERO UNO (1.01) UIT -Unidades impositivas Tributarias vigente a la fecha en que se realice al pago, por infringir lo dispuesto en el establecido en el numeral 3) del arículo 120° de la Ley de Recursos Hidricos- Ley N° 29338 " la ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del agua " , que se encuentra, concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, " Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanente o transitoria, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a esta o en la infraestructura mayor pública", contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente N° 000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Cusco, dentro del tercer día de efectuado el mismo.