CREAN COMITÉ DE OPERACIONES PARA INICIAR REGULACIÓN DE LA LAGUNA PARÓN
Fecha de publicación
Sábado, 06 Febrero 2010

La Autoridad Nacional del Agua (ANA), dispuso la creación del Comité de Operaciones de la Laguna Parón, como un grupo especializado de trabajo, que estará encargado de programar la utilización de las disponibilidades de agua embalsada en la laguna Parón.

(Lima, 06 de febrero 2010).- La Autoridad Nacional del Agua (ANA), dispuso la creación del Comité de Operaciones de la Laguna Parón, como un grupo especializado de trabajo, que estará encargado de programar la utilización de las disponibilidades de agua embalsada en la laguna Parón.
El Comité será presidido por el Administrador Local de Agua Huaraz, y estará conformado por el jefe del Parque Nacional Huascaran del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP, del Ministerio del Ambiente, el alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaylas, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Caraz y el presidente de la Comunidad Campesina Cruz de Mayo, además del presidente de la Comisión de Regantes Parón-Llullan y el representante de los usuarios de agua con fines no agrarios ubicados aguas abajo de la confluencia con el río Santa.
El Comité de Operación de la laguna Parón tendrá como una de sus funciones, proponer a la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua, el Plan de Regulación de las disponibilidades hídricas de la laguna, para atender las demandas existentes que se abastecen del citado depósito natural de agua. También deberán designar al responsable de la operación de la Laguna Parón, conforme a los acuerdos adoptados por el comité y aprobados por la Autoridad Nacional del Agua.
Además de vigilar que la operación de la Laguna Parón, se realice conforme al Plan de Regulación que apruebe la Autoridad Nacional del Agua, y establecer medidas que permitan mejorar la infraestructura de captación, a fin de asegurar el aprovechamiento de los recursos hídricos de los usuarios de agua del río Llullan.
La Autoridad Nacional del Agua velará por el cumplimiento del Plan de Regulación aprobado, ejerciendo, de ser necesario, la facultad sancionadora y coactiva.
El Comité de Operación de la Laguna Parón, podrá solicitar la colaboración, opinión y aporte técnicos de los representantes de las entidades públicas y privadas. Para ello podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fines.
Cabe señalar que la Laguna Parón, por ser una fuente natural de agua, constituye bien de dominio público que pertenece a todos los peruanos y sobre el cual ninguna persona puede adquirir derechos; y el proceso de saneamiento legal de la precitada laguna concluyó con la reversión registral de dicho bien a favor del Estado. En este contexto corresponde a la Autoridad Nacional del Agua, como ente rector del Sistema Nacional de Recursos Hídricos, dictar medidas que garanticen la participación de la población en la planificación, coordinación y concertación de la operación y mantenimiento de la laguna Parón así como en las acciones de supervisión, para la reducción del riesgo generado por la situación de emergencia.
Área de Comunicaciones - DGCCI
El Comité será presidido por el Administrador Local de Agua Huaraz, y estará conformado por el jefe del Parque Nacional Huascaran del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP, del Ministerio del Ambiente, el alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaylas, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Caraz y el presidente de la Comunidad Campesina Cruz de Mayo, además del presidente de la Comisión de Regantes Parón-Llullan y el representante de los usuarios de agua con fines no agrarios ubicados aguas abajo de la confluencia con el río Santa.
El Comité de Operación de la laguna Parón tendrá como una de sus funciones, proponer a la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua, el Plan de Regulación de las disponibilidades hídricas de la laguna, para atender las demandas existentes que se abastecen del citado depósito natural de agua. También deberán designar al responsable de la operación de la Laguna Parón, conforme a los acuerdos adoptados por el comité y aprobados por la Autoridad Nacional del Agua.
Además de vigilar que la operación de la Laguna Parón, se realice conforme al Plan de Regulación que apruebe la Autoridad Nacional del Agua, y establecer medidas que permitan mejorar la infraestructura de captación, a fin de asegurar el aprovechamiento de los recursos hídricos de los usuarios de agua del río Llullan.
La Autoridad Nacional del Agua velará por el cumplimiento del Plan de Regulación aprobado, ejerciendo, de ser necesario, la facultad sancionadora y coactiva.
El Comité de Operación de la Laguna Parón, podrá solicitar la colaboración, opinión y aporte técnicos de los representantes de las entidades públicas y privadas. Para ello podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fines.
Cabe señalar que la Laguna Parón, por ser una fuente natural de agua, constituye bien de dominio público que pertenece a todos los peruanos y sobre el cual ninguna persona puede adquirir derechos; y el proceso de saneamiento legal de la precitada laguna concluyó con la reversión registral de dicho bien a favor del Estado. En este contexto corresponde a la Autoridad Nacional del Agua, como ente rector del Sistema Nacional de Recursos Hídricos, dictar medidas que garanticen la participación de la población en la planificación, coordinación y concertación de la operación y mantenimiento de la laguna Parón así como en las acciones de supervisión, para la reducción del riesgo generado por la situación de emergencia.
Área de Comunicaciones - DGCCI