Autoridad Nacional del Agua Ratifica Veda en los Acuíferos de Ica, Villacurí y Lanchas

Fecha de publicación

Viernes, 10 Junio 2011
  • Medida contribuirá a la recuperación, conservación y protección de las disponibilidades hídricas de la región iqueña

(Lima, 10 de Junio de 2011).- La Autoridad Nacional del Agua (ANA) ratificó hoy la condición de veda de los acuíferos de Ica, Villacurí y Lanchas ante el inminente problema de sobreexplotación de aguas subterráneas que está provocando el descenso continuo de los niveles de la napa freática en dicha región.

Con esta medida la Autoridad Nacional del Agua iniciará un proceso más exhaustivo de supervisión, control, vigilancia y fiscalización sobre los que incumplan dicho dispositivo.

Según Resolución Jefatural Nº 330-2011-ANA publicada hoy en el diario oficial El Peruano, la Autoridad Nacional del Agua se basa en el Informe Técnico Nº 0164-2011-ANA-DCPRH-SUB de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos que recomienda dictar medidas urgentes para la recuperación, conservación y protección de las disponibilidades hídricas de los acuíferos de Ica, Villacurí y Lanchas.  

El informe detalla que en el acuífero de Ica el nivel de la napa desciende constantemente entre 0.20 centímetros y 1.50 metros por año; en Villacurí entre 0.30 y 0.90 centímetros por año y en Lanchas a razón de 0.60 centímetros anuales, evidenciando el estado de desequilibrio de los acuíferos, donde la explotación supera a la recarga.

De esta manera la Autoridad Nacional del Agua mantendrá la prohibición de perforación de nuevos pozos o ejecución de cualquier tipo de obra destinada a la extracción de recursos hídricos subterráneos o al incremento de volúmenes de extracción, además del otorgamiento de autorizaciones de ejecución de obras o derechos de uso de agua subterránea, así se trate de solicitudes en vía de regularización.

La norma añade que por tratarse de una zona de veda  el incumplimiento de las disposiciones de la presente resolución será calificado como “infracción muy grave”.

Según el artículo 2º de la resolución, la zona de veda será de aplicación en el ámbito de los acuíferos del valle de Ica que comprende los distritos de San José de Molinos, La Tinguiña, Parcona, Ica, Salas-Guadalupe, Subtanjalla, Los Aquijes, Pachacutec, Santiago, Tate, Ocucaje, San Juan Bautista, Pueblo Nuevo y Rosario de Yauca.

Además de los acuíferos de la Pampa de Villacurí y Lanchas que comprende los distritos de Salas-Villacurí, Paracas y parte de los distritos de Humay, San Andrés y Túpac Amaru que se encuentra sobre la margen izquierda del río Pisco.  

 

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Autoridad Nacional del Agua

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