Aprueban Reglamento de Organización y Funciones

Fecha de publicación

Jueves, 08 Julio 2010
(Lima, 08 de julio 2010).- Según Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, publicado hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua,
  • Destacan apoyo de gobierno para aprobación de importante herramienta
(Lima, 08 de julio 2010).- Según Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, publicado hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua.

La Autoridad Nacional del Agua, es un organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos.

Cabe resaltar la actuación del señor Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, junto al Presidente del Consejo de Ministros, Dr. Javier Velásquez Quesquén, al Ministro de Agricultura, Ing. Adolfo De Córdova Vélez y al Viceministro de Agricultura, Dr. Francisco Palomino García, para la aprobación de este importante instrumento de gestión.

Asimismo, destacar el trabajo de los profesionales de la Autoridad Nacional del Agua, presidido por la el jefe de la entidad, Dr. Javier Carrasco Aguilar, para continuar con el cumplimiento de la labor de la institución y su compromiso con la preservación de la calidad del agua y su uso racional e integral para un desarrollo sustentable.

El ROF consta de cinco títulos, ocho capítulos, cuarenta y siete artículos y tres disposiciones complementarias transitorias.

Esta importante herramienta determina la estructura orgánica de la Autoridad, que contará con un Consejo Directivo, una Jefatura y una Secretaría General; como órganos de Alta Dirección.

Además, establece la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la Dirección de Gestión de la Calidad de Recursos Hídricos, la Dirección de Planeamiento de Recursos Hídricos y la Dirección de Estudios de Proyectos Hidráulicos Multisectoriales, como sus cinco órganos de línea.

Finalmente, señala a las Autoridades Administrativas del Agua y las Administraciones Locales de Agua, como órganos desconcentrados. De igual modo, define la creación de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, que participarán en la gestión integrada y multisectorial de los recursos hídricos, de acuerdo con la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, el Plan Nacional de Recursos Hídricos y los lineamientos de la Autoridad Nacional del Agua.

Área de Comunicaciones
Dirección de Gestión del Conocimiento
y Coordinación Interinstitucional-DGCCI
AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA