ANA sancionará extracción ilegal de material de acarreo en cauce de río Caplina, en Tacna

Fecha de publicación

Lunes, 05 Febrero 2018
  • Fue autorizado por Municipalidad de Calana, sin opinión vinculante de la ANA

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Administración Local de Agua Caplina Locumba, comprobó la ilegal extracción de material de acarreo en el río Caplina Sector El Peligro, distrito de Calana, en Tacna, luego de efectuar la verificación técnica de campo.

Fue luego de la denuncia presentada por los pobladores y agricultores al verse perjudicados por la extracción de material de acarreo durante los trabajos de prevención de mejoramiento y ensanche del cauce del río Caplina, en el sector El Peligro, realizado por el Consorcio Salud Tacna.

La Municipalidad Distrital de Calana emitió la Resolución de Gerencia Nº 002-2018-GIDU/MDC, facultando al mencionado Consorcio para realizar esa actividad, sin opinión técnica vinculante por parte de la ALA Caplina Locumba.

Ante los hechos suscitados, la ANA solicitó los actos resolutivos a la Municipalidad Distrital de Calana y al Consorcio Salud Tacna, que autoriza el “Mejoramiento y ensanche del cauce del río Caplina, en el sector Peligro – Calana” y permite la extracción de material de acarreo en cauce natural de agua en el mismo sector.

Los documentos serán evaluados para el posible inicio del Proceso Administrativo de Sancionador, en cumplimiento de la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento, según informó la Administración Local de Agua Caplina Locumba.

La extracción de material de acarreo (limos, arcillas, arenas, gravilla, guijarros, cantos rodados, bloques empleados en la construcción) no debe vulnerar el cauce natural del agua y no afectar las riberas, porque caso contrario podría poner en riesgo la seguridad de la población, las viviendas, vías de comunicación, puentes, etc., ante desbordes e inundaciones por crecida de los ríos y otras fuentes naturales de agua.

Tacna, 5 de febrero del 2018.

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