RD Nº 0051-2024-ANA-AAA I CO
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 4346,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SORIA CACYA, EDILFONSA con DNI 29363564, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 4346,00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SORIA CACYA, EDILFONSA con DNI 29363564, conforme al siguiente detalle:
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0070- 2022 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0068- 2022 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR CLASE C BAJO CAPLINA, para uso Agrícola, de acuerdo Informe de Formalización N° 0069- 2022 ANA-AAA.CO-ALA.CL/EYTQ.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1067.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de CCAMA SORIA, ESTEBAN con DNI 30643654, VALDIVIA CACERES, JERONIMA SOFIA con DNI 30643277, conforme al siguiente detalle:
Aprobar la delimitación del Bloque PUEBLO ANTIGUO, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 20,523 (ha) y su centroide ubicado geográficamente en las coordenadas UTM 674663,00000mE y 8306920,00000mN, DATUM WGS84, zona 18, políticamente en el distrito de Pausa, provincia de Paucar Del Sara Sara, departamento Ayacucho.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 528.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 440.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1188.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 387.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 678.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 873.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1231.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Declarar improcedente el pedido de modificación de licencia de uso de agua solicitada por la señora Asunta Violeta Monroy Jauregui conforme los considerandos glosados en la presente resolución.
Declarar improcedente el pedido de suspensión del ejercicio de la licencia de uso de agua solicitada por los señores Melecio Helmer Zegarra Acevedo y Armandina Amalia Castillo Quispe De Zegarra; conforme los considerandos glosados en la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 431.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de HERRERA VELASQUEZ, MIRIAN con DNI 30642559, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1269.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de PALMA FIGUEROA, PEDRO FRANCISCO con DNI 29302030, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 873.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de PALMA FIGUEROA, PEDRO FRANCISCO con DNI 29302030, conforme al siguiente detalle:
Declarar improcedente el pedido de rectificación de error material solicitado por la señora Pastora Mamani De Delgado respecto del nombre del predio contenido en el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 0464-2005-MAG-DRAA-AAA/ATDR.CH; conforme los considerandos glosados en la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3080.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de YANQUE SAMAYANI, NESTOR YONI con DNI 80160369, QUISPE GONZALES, CESAREA con DNI 43413220, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 651.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de HUANQUI VDA. DE MALAGA, MARIA ANICETA con DNI 30660013, conforme al siguiente detalle:
Modificar la licencia de uso de agua superficial con fines mineros otorgada Resolución Directoral N° 2521-2017-ANA-AAA.CO de fecha 04.09.2017 rectificada con la Resolución Directoral N° 2768-2017-ANA-AAA.CO de fecha 21.09.2017, a favor de la empresa Southern Peru Copper Corporation -Sucursal del Perú; conforme al Informe Técnico N° 0279- 2023-ANA-AAA.CO/JLEOV y de acuerdo con lo siguiente:
Corregir el error material contenido en el artículo segundo de la Resolución Directoral N° 0798-2023-ANA-AAA.CO; siendo que donde dice: “Artículo °”; debe decir: “Artículo 2°”; y, en el Cuadro N° 01 respecto del nombre del predio con código catastral N° 025596, siendo que donde dice: “El arrastrado” debe decir “Rincón de Cerro Baúl”; debiendo mantenerse todos los demás aspectos la resolución, en virtud de los fundamentos considerados en la presente resolución.
Declarar improcedente el pedido de prórroga de la Acreditación la disponibilidad hídrica prorrogada mediante Resolución Directoral N° 1156-2021-ANAAAA.CO, conforme a los fundamentos desarrollados en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el otorgamiento de licencia de uso de agua superficial solicitado por la señora María Beatriz Chávez Hurtado; conforme a los considerandos glosados en la presente resolución.
Establecer la responsabilidad administrativa del señor John Danny Pauca Zegarra y la señora Lourdes Nora Pauca De Núñez, e imponerle sanción de multa solidaria de 5 (cinco) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de cancelación; por destruir obras de infraestructura hidráulica pública, siendo un bien artificial asociado al agua; conductas tipificadas como infracción administrativa en el numeral 12) del artículo 120º la Ley de Recursos Hídricos – Ley Nº 29338 en concordancia con lo establecido en el literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo 001-2010-AG. Las mismas que deben de ser canceladas, por los infractores en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Chili, dentro del tercer día de efectuado el mismo.
Extinguir la licencia de uso de agua superficial para fines agrarios otorgada a través de la Resolución Administrativa N° 0531-2005-GRA/PR-DRAG-ATDR.CM a favor de Mauro Huanca Llacho para el predio de unidad catastral N° 02317, por causal de caducidad; de acuerdo con los fundamentos glosados en la presente resolución.
Declarar improcedente el recurso de reconsideración presentado por Raymundo Celso Mamani Ramos en contra de la Resolución Directoral Nº 0907-2023-ANA-AAA.CO; conforme los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Modificar la licencia de uso de agua otorgada con Resolución Administrativa N° 13- 2005-ATDR.M/DRA.MOQ a favor de Nazario Chura Copare, para el predio denominado “El Puente” de UC N° 01813, conforme al Informe Técnico Nº 0290-2023-ANAAAA.CO/JLEOV y al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2610.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 560.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 716.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 905.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de SISA LLACHO, TOMASA MARCELINA con DNI 30660255, conforme al siguiente detalle:
Otorgar autorización de uso de agua superficial con fines de ejecución de estudios, proveniente de los ríos Llapa y Colca, para las actividades del proyecto Exploración Minera Qoya, ubicado en el distrito de Callalli, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, a favor de la empresa BHP World Exploration INC Sucursal del Perú, de acuerdo al siguiente detalle:
DECLARAR LA CADUCIDAD del procedimiento administrativo sancionador instruido contra José Alejo Bautista, por la presunta comisión de la infracción prevista en el numeral 1) y 6) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal a) y f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley, disponiendo su ARCHIVO, en merito a los considerandos descritos en la presente resolución
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de Modificación de licencia de uso de agua por área bajo riego, presentado por Benigno Gerardo Pinto Guillen para el predio denominado “El Chullo” con U.C. N° 30258-A, de acuerdo con el Informe Técnico N° 0265- 2023-ANA-AAA.CO/JLEOV, por los fundamentos glosados en la presente resolución
Declarar la caducidad del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de la AGROPECUARIA ROSARIO S.A, disponiendo su archivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la caducidad del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de la ORLANDO SEGUNDO COPAJA MAYTA, disponiendo su archivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la caducidad del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de CONSORCIO VIAL SAMEGUA, disponiendo su archivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por ISIDORA HUANCA FLORES en contra de la Resolución Directoral N° 1716- 2016-ANA-AAA.CO, por los argumentos expuestos en los considerandos anteriores.
Disponer LEVANTAR la suspensión temporal ordenada mediante Resolución Directoral N°632-2020-ANA-AAA.CO y en consecuencia la administración debe proseguir con la evaluación del pedido sobre autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico,
Extinguir el derecho de uso de agua por caducidad otorgado mediante Resolución Nº 007-2005-GRT/DRAT/ATDRT a favor de Suc. Ayca Vicente, Eulogia Ynes para la unidad catastral 01815, con un volumen máximo de agua de 785,00 m3/año, por caducidad al configurarse la muerte de la titular del derecho; de acuerdo con los fundamentos glosados en la presente resolución.
Autorizar la ejecución de obras mínimas, correspondiente a la Ficha Técnica: “Reforzamiento de Defensas Ribereñas con roca al volteo en el Sector la Pascana del distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa”; a favor de la Comisión de Usuarios del subsector de riego Acequia Alta la Pascana, según el detalle:
Declarar INFUNDADO el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por Víctor Callata Cutipa en contra de la Resolución Directoral N° 166-2017-ANAAAA.CO, por los argumentos expuestos en los considerandos anteriores.
Declarar INFUNDADO el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por Apolinario Gordillo Zaravia en contra de la Resolución Directoral N° 3578- 2016-ANA-AAA.CO, por los argumentos expuestos en los considerandos anteriores.
- Otorgar autorización de ejecución de obras mínimas consistente en limpieza y encauzamiento de la quebrada Challahuayo, de la Ficha de actividad de emergencia: “Limpieza y encauzamiento de la quebrada Chacahuayo, en el distrito de La Capilla, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua”, a favor del Gobierno Regional de Moquegua, según el detalle:
Otorgar autorización de ejecución de obras mínimas a favor de la Municipalidad Provincial de Tacna, para la limpieza y descolmatación del cauce de rio Caplina, en una longitud de 1,19 Km., en el sector Cerro Blanco, distrito de Calana, provincia de Tacna, departamento de Tacna, cuyo detalle es el siguiente:
Otorgar autorización de ejecución de obras mínimas, consistente en arrimado de material, acomodo y eliminación de la roca y piedra conformando el cauce de la quebrada Torine, de la Ficha de actividad de emergencia: “Limpieza y encausamiento de la quebrada Torine en el distrito de Lloque, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua”; a favor del Gobierno Regional de Moquegua, según el detalle:
Otorgar autorización de ejecución de obras mínimas, para la Ficha de actividad de emergencia: “Limpieza y descolmatación de la quebrada El Volcán, en el distrito de Quinistaquillas, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua”, consistente en limpieza y descolmatación de la quebrada El Volcán; a favor del Gobierno Regional de Moquegua; según el detalle:
Otorgar autorización de ejecución de obras mínimas contenidas en la Ficha de actividad de emergencia: “Limpieza y encauzamiento del río Ubinas en el distrito de Matalaque, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua”, consistente en limpieza y encauzamiento del río Ubinas; a favor del Gobierno Regional de Moquegua, según el detalle: