R.D. N° 2666-2017-ANA/AAA-CAÑETE FORTALEZA
| DECLARAR LA EXTINCION DE LA LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL PARA USO AGRARIO POR LA CAUSAL DE RENUNCIA DEL TITULAR OTORGADA A FAVOR GARCIA ROJAS INDALECIO (19). |
| DECLARAR LA EXTINCION DE LA LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL PARA USO AGRARIO POR LA CAUSAL DE RENUNCIA DEL TITULAR OTORGADA A FAVOR GARCIA ROJAS INDALECIO (19). |
| APROBAR LA ACREDITACION DE LA DISPONIBILIDAD HIDRICA SUBTERRANEA PARA EL PROYECTO HABILITACION URBANA LA RONCADORA A FAVOR DE LA EMPRESA INVERSIONES CENTENARIO S.A.A. (19). |
OTORGAR a favor Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Caserío Sexepampa, comprensión del Distrito de Cochabamba y Provincia de Chota, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 3 153, 60 m3, correspondiente a un caudal de hasta 0,10 I/s, proveniente del manantial Nicanor,. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 729 765 E — 9 286 282 N, a una altitud de 2 282 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 729 730 E — 9 285 710 N, políticamente ubicado en el caserío Sexepampa, distrito Cochabamba, provincia Chota, región Cajamarca.
DISPONER que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la solicitud presentada por el señor Daniel Cuevas Serna, sobre Formalización de Licencia de uso de Agua Superficial del predio "Tinge María" con UC N° 67513.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua subterránea para uso poblacional, otorgada a favor del Comité de Agua Potable - CAP Sector Yalcuchique de Chacupe Bajo, mediante Resolución Directora! Nº 1640-2015-ANA-AAA JZ-V, por renuncia del titular.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Lloclla De Niño María Nelida.
ARCHIVAR el presente Procedimiento Administrativo Sancionador seguido contra la empresa Oleaginosa San Luis S.R.L.
| SANCIONAR A CLEMENCIA CONTRERAS ONOCC DE CANCHANYA, CON UNA MULTA ASCENDENTE A 4.0 UIT (19). |
OTORGAR a favor de Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento (JASS) Lanchebamba, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen de agua anual 3 153, 60 m3, equivalente a un caudal de 0, 101/s, proveniente del manantial La Espina,. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 755 737 E — 9 270 595 N, a una altitud de 2 883 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 755 323 E — 9 271 182 N, políticamente ubicado en el caserío Lanchebamba, sector La Espina, distrito Chota, provincia Chota, región Cajamarca.
DISPONER que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la solicitud presentada por la empresa Complejo Agroindustrial Beta S.A con RUC N° 20297939131, sobre Formalización de Licencia de uso de Agua Subterránea del pozo tubular IRHS-11-01-11 -144.
| OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL PARA USO AGRARIO A FAVOR DE LA COMUNIDAD CAMPESINA SAN JUAN DE ARINCHAY (16). |
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los Servicios de SaneamientoJASS del caserío Laumache, del Distrito de Huancabamba, Provincia de Huancabamba, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 23 652, 00 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,75 I/s, proveniente de la quebrada Soccsha. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 669 452 E — 9 427 235 N, a una altitud de 2 497 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 670 292 E — 9 426 273 N, políticamente ubicada en el caserío Laumache, distrito Huancabamba, provincia Huancabamba, región Piura.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de AGROEXPORTACIONES NOR PERU.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Peña De La Cruz Adriana.
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los servicios de saneamiento -JASS del Caserío Santa Rosa de Congona, distrito Huancabamba, provincia Huancabamba, región Piura, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 7 568,64 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,241/s, proveniente del manantial El Aliso. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 667 189 E — 9 418 193 N, a una altitud de 2 670. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 667 778 E — 9 418 778 N, a una altitud de 2 670, políticamente ubicado en el caserío Santa Rosa de Congona, distrito Huancabamba, provincia Huancabamba, región Piura.
OTORGAR en vía de Regularización Licencia de Uso de Agua Superficial para uso Poblacional a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento (JAAS) del Anexo de Colloni, para aprovechar un volumen anual del Manantial "Tranca Punco".
OTORGAR en vía de Regularización Licencia de Uso de Agua Superficial para uso Poblacional a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento (JAAS) del Anexo de Untuco, para aprovechar un volumen anual del Manantial "Tastayocc".
OTORGAR a favor de la Junta Administradora de los Servicios de SaneamientoJASS de la Localidad de Tamborillo, distrito San José del Alto, provincia Jaén, región Cajamarca, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 3 468, 96 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,11 1/s, proveniente del manantial Rivera. El punto de captación se encuentra ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 Zona 17 Sur: 728 385 E — 9 393 882 N, a una altitud de 735 msnm. El punto centroide de uso de agua se encuentra entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 728 059 E — 9 394 383 N, políticamente ubicado el caserío Tamborillo, distrito San José del Alto, provincia Jaén, región Cajamarca.
| OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL PARA USO AGRARIO A FAVOR DEL COMITE DE USUARIOS DE AGUA ACOCOTO-HUARANGAL (16). |
Declarar improcedente el recurso de reconsideración la Municipalidad Distrital de Magdalena presentado por contra la Resolución Directora! N° 1911-2017-ANA-AAA-JZ-V, por haberse presentado de forma extemporánea.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Ruiz Tirado Pedro Miguel y Cadenillas Silva Teresa Maritza.
IMPONER la sanción administrativa de multa de cinco punto uno (5.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Provincial de Huari, por realizar vertimientos de aguas residuales domésticas a la Quebrada La Zanja, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
OTORGAR en vía de Regularización Licencia de Uso de Agua Superficial para uso Poblacional a favor de la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento (JAAS) del Anexo de Yuracchuasi, para aprovechar un volumen anual del Manantial "Cceccachapuquio".
| OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL PARA USO AGRARIO A FAVOR DE LA COMUNIDAD CAMPESINA SAN PEDRO DE PALPAS (17). |
IMPONER la sanción administrativa de multa de cinco punto uno (5.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Distrital de Aczo, por realizar vertimientos de aguas residuales a la Quebrada Mataracra, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
OTORGAR en vía de regularización Licencia de Uso de Agua Superficial para uso agrario a favor de la Comunidad Campesina de Santiago de Chocorvos, sector de Andaymarca, distrito de Santiago de Chocorvos, provincia de Huaytara, departamento de Huancavelica, para aprovechar un volumen anual del Bloque de Huaraorccona, provenientes del Manantial Huaraorccona de hasta 28,562.32m3/año, que pertenece a la Cuenca del Río Ica.
| OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUBTERRANEA PARA USO RECREATIVO A FAVOR DE LA EMPRESA DISTRIBUCIONES QUINTANA S.A.C. (19). |
Modificar el artículo 1 º de la Resolución Directora! Nº 3056-2015-ANA-AAA JZ-V que rectificó la Resolución Directoral N° 369-2014-ANA-AAA JZ-V.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
IMPONER la sanción administrativa de multa de cinco punto uno (5.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Distrital de Chingas, por realizar vertimientos de aguas residuales a la Quebrada Tincu, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
DESESTIMAR la solicitud sobre Regularización de Licencia de Uso de Agua Superficial, para el predio Huayurí, ubicado en el distrito de Santa Cruz, Provincia de Palpa, solicitado por la señora Magda Cresencia Bendezú Sulla.
| SANCIONAR A LA EMPRESA COMPAÑIA MINERA CHUNGAR S.A.C., CON UNA MULTA ASCENDENTE A 10 UIT (18). |
DISPONER que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la solicitud presentada por la empresa Complejo Agroindustrial Beta S.A con RUC N° 20297939131, sobre Formalización de Licencia de uso de Agua Subterránea del pozo tubular IRHS-11-01-11-452.
| OTORGAR LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL PARA USO ACUICOLA A FAVOR DE SIMION ALFREDO ATENCIO VERASTEGUI (18). |
IMPONER la sanción administrativa de multa de cinco punto uno (5.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, al Hospital de Apoyo Huari, por realizar vertimientos de aguas residuales a la Quebrada Zanja, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolució
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
DISPONER que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la solicitud presentada por la empresa Complejo Agroindustrial Beta S.A. con RUC N° 20297939131, sobre Formalización de Licencia de uso de Agua Subterránea del pozo tubular IRHS-11-01-11-504.
| DECLARAR EL ABANDONO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SOBRE OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE USO DE AGUA SUBTERRANEA PARA USO DOMESTICO PRESENTADO POR LUIS ALFREDO GALDOS PESCHIERA (17). |
DECLARAR improcedente la solicitud presentada por Minera Yanacocha S.R.L, sobre Rectificación del error material contenido en la Resolución Directoral N° 580-2013-ANAAAA.M, de fecha 10 de setiembre de 2013; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar infundada la Queja por defecto en la tramitación, interpuesta por Carlos Lenín Leiva Garay, en representación de Lucía Maximina Garay Amado, contra del Administrador Local de Agua Huari, Ingeniero Oscar Vásquez Salazar, por lo fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
| DECLARAR INFUNDADA LA QUEJA POR DEFECTO DE TRAMITACION INTERPUESTA POR MARCELINO AYLLON SANCHEZ (20). |
DISPONER que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la solicitud presentada por la señora Cecilia Colomba Benita Solari de Gereda y otros, sobre Formalización de Licencia de uso de Agua Subterránea del pozo tubular IRHS-11-01-11-192.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
| SUSPENDER TEMPORALMENTE LA VIGENCIA DE LA R.D. N°2512-2016-ANA-AAA CAÑETE FORTALEZA QUE AUTORIZA EL USO DE AGUA SUPERFICIAL PARA FINES DE EXPLORACION MINERA PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES MINERAS DEL PROYECTO DE EXPLORACION OCROS A FAVOR DE LA EMPRESA FERROALUMINIOS PERU N°4 SAC (16). |
DISPONER que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la solicitud presentada por la señora Cecilia Colomba Benita Solari de Gereda y otros, sobre Formalización de Licencia de uso de Agua Subterránea del pozo tubular IRHS-11 -01-11-212.
AUTORIZAR a, Minera Yanacocha SRL, la Ejecución de Obra en Fuente Natural de Agua, consistente en la Construcción de Estructura de Disipación de Energía para el DCP 8, en la quebrada Ocuchomachay, ubicada en el distrito de La Encañada, provincia y región Cajamarca.
DISPONER que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la solicitud presentada por la empresa Complejo Agroindustrial Beta S.A con RUC N° 20297939131, sobre Formalización de Licencia de uso de Agua Subterránea del pozo tubular IRHS-11-01-11-505.
AUTORIZAR a, Minera Yanacocha SRL, la Ejecución de Obra en Fuente Natural de Agua, consistente en la Construcción de Estructura de Disipación de Energía para el DCP 14, en la quebrada Quishuar Corral, ubicada en el distrito de La Encañada, provincia y región Cajamarca.