SANCIONAR al señor Juan de Dios Castro Guillen, identificado con DNI N° 22072475 y a la señora Maruja Núñez Jayo, con la imposición de una multa solidaria equivalente a CERO PUNTO SEIS (0.6) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, al no contar el pozo tipo tajo abierto IRHS-11-03-01-1055, ubicado en coordenadas datum UTM WGS84 506,063mE y 8,360,879mN de la calle San Martín, distrito de Nasca, provincia de Nasca y región Ica, con el medidor de caudal instalado; infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en la Ley de Recursos Hídricos N° 29338, Art. 120° numeral 2. “El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57 de la Ley”. Concordante con el Art.277° literal k. del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, “Mantener en malas condiciones la infraestructura hidráulica, los dispositivos de control y medición necesarios para el uso del agua o incumplir con instalar dichos dispositivos”, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.