RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1577-2024-ANA-AAA.JZ
Modificar la licencia de uso de agua superficial otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 033-2005-GOB-REG-PIURA-DRA-PE-AAP-ATDRMBP, en el extremo del artículo 1°
Modificar la licencia de uso de agua superficial otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 033-2005-GOB-REG-PIURA-DRA-PE-AAP-ATDRMBP, en el extremo del artículo 1°
Rectificar de oficio, el error material incurrido en la Resolución Directoral 089-2016-ANA-AAA-Cañete-Fortaleza de 2016-02-9, en el extremo de su parte resolutiva, artículo primero, Cuadro 3, anexo 2 y anexo 3.
Modificar, el Subsector Hidráulico Acaray Vegueta - Ingenio y el Subsector Hidráulico Pampa de Ánimas- La Unión – Paraíso La Tablada, que integran el Sector Hidráulico Menor Huaura Clase A, delimitado mediante la Resolución Directoral 089-2016-ANA-AAA-Cañete-Fortaleza de 2016-02-9.
Aprobar la actualización de la delimitación del Sector Hidráulico Menor Huaura Clase A, de acuerdo con el contenido de los informes técnicos 61 y 62-2024-ANA-AAACF-ALAH/ELAO de 2024-12-12 y sus anexos, conformada por dieciséis (16) subsectores hidráulicos.
Aprobar, la acreditación de disponibilidad hídrica superficial proveniente de la quebrada Pajla, con un volumen de agua de 453 887,12 m3/año, por seis meses (enero a junio), para el proyecto «Creación del servicio de provisión de agua para riego a través de represa en la quebrada Pajla en el distrito de Ayauca - provincia de Yauyos – departamento de Lima» CUI N° 2549232; a favor de la empresa Consorcio Expediente Riego con RUC N° 20612172995.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 35435.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Calderón Gaona, Jaime con DNI 10131290
Rectificar a pedido de parte, el error material incurrido en la Resolución Directoral 1393-2024-ANA-AAA.CF de 2024-11-08, en el fundamento 5°,7° y 8° de su parte Considerativa y en su Artículo 3° y 7°, de su parte Resolutiva.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 61116.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Tirado Campos, Luz Delia con DNI 16602861, Campos de Tirado, María Emperatriz con DNI 16695529
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 38484.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de León Larios, Juana con DNI 16461476
Rectificar a pedido de parte, el error material incurrido en la Resolución Directoral 0806-2024-ANA-AAA-CF de fecha 2024-07-24, en su extremo del Visto y en su parte Resolutiva específicamente en sus artículos 1° y 3°.
Modificar la licencia de uso de agua superficial otorgada mediante Resolución Administrativa N° 0105-2005-MA-ATDRJ, modificada con Resolución Administrativa N° 458-2006-MA-ATDR-J, en el extremo del artículo 2°
Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador seguido contra don Hugo Sánchez Nolasco, identificado con DNI 15588939, por la presunta comisión de las infracciones establecidas en los literales «n» y «o» del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador seguido contra seguido contra doña Margot Jara Vda. De Camacho, identificada con DNI 07892741, por la presunta comisión de la infracción prevista en el literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 64619.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Meléndez Delgado, Ana Rosmery con DNI 03701739
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 64619.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Tucuman Portal, José del Carmen con DNI 16447533
Aprobar la acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines agrarios proveniente del río Chancay Huaral, para el predio denominado «Fundo El Ronco» de 4,1471 ha bajo riego, ubicado en el sector La Esperanza Alta, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, a favor de Pablo Cesar Bautista Roldan.
Modificar la licencia de uso de agua superficial otorgada mediante Resolución Jefatural N° 0325-2010-ANA, en el extremo del artículo 1°
Rectificar de oficio, el error material incurrido en la Resolución Directoral 0622-2022-ANA-AAA.CF de 2022-06-14, en su parte resolutiva específicamente en los cuadros de su Artículo 2°.
Ampliar por única vez, el plazo de vigencia de la Resolución Directoral 1352-2024-ANA-AAA.CF de 2024-10-30 notificada el 2024-10-30, a través acta de notificación virtual, como se observa de la constancia que obra en el expediente administrativo, por lo que el plazo comenzó a correr a partir del 2024-10-31 hasta el 2024-1130; y el escrito de ampliación de plazo ha sido presentado el 2024-11-27; siendo planteado dentro del periodo de vigencia del citado acto administrativo, el cual vencerá el 2024-11-30; siendo esto así, se debe acceder a lo solicitado cuyo plazo se computará a partir del 2024 -11-30 y vencerá indefectiblemente el 2024-12-30, a favor de la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. – Cálidda.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 35435.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Ruiz Mejía, Walter con DNI 16697597, Huacal Fernández, María Isabel con DNI 1677575
Aprobar, la acreditación de disponibilidad hídrica superficial de la Quebrada Acomachay con un volumen de agua de 1 246 882,74 m3/año, para el proyecto «Construcción de la represa Acomachay – Guruto – CC Huacos, distrito de Huaros, provincia de Canta» CUI N° 2132746, a favor del Consorcio Expediente Riego con RUC N° 20612172995.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 68133.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Ríos de Acuña, Frandila con DNI 16602394
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 39189.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de Huamán Guerrero, Carlo Magno con DNI 01010174
Aprobar, la acreditación de disponibilidad hídrica superficial proveniente del río Pativilca por cinco meses (enero a mayo), con un volumen de 8 647 m3/año, para el proyecto agrario a desarrollar en el predio «Fundo Fernández IX» de 1,3871 ha, bajo riego ubicado en el sector Ensenada – Pacar Alto, distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de Lima, a favor de Julio Leoncio Fernández Ramírez con DNI N°40814253.
Autorizar la ocupación futura de la faja marginal para el proyecto «Forestación del río Lurín margen derecha, sector Sauce Alto, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima».
Autorizar la ejecución para reforestación en la faja marginal del río Lurín, margen derecha, a favor de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla.
Declarar improcedente la solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, solicitado por la JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRÁULICO MENOR JEQUETEPEQUE, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar, administrativamente al señor Edwin Vega Larianco con DNI 42997554, por infringir el numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal “o” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por la nivelación con maquinaria pesada dentro del camino de vigilancia del Dren Colector Taytalaines en el alto del bordo del cauce del dren Taytalaines, desde el Punto P1 en las coordenadas UTM WGS84 220693E, 8804294N cota de 304 msnm, hasta el Punto P4 en las coordenadas UTM WGS84: 220299E, 8804339N, considerada como una infracción leve,imponiéndose una sanción administrativa de amonestación escrita, la misma que la hará efectiva la Administración Local de Agua Barranca.
Declarar improcedente la solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, solicitado por ROBERT ARMANDO CRUZ SANTISTEBAN, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar, la acreditación de disponibilidad hídrica subterránea proveniente del acuífero Rímac, con un volumen de agua de 10 835 m3/año, para el proyecto de uso industrial, a favor de la empresa TECNOLOGÍA TEXTIL S.A., con RUC 20297986130.
Aprobar la Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial con fines de uso Agrario proveniente del río Pativilca por cinco (5) meses (enero a mayo) para el predio «Fundo Naranjita» de 2,6158 ha bajo riego ubicado en el sector Gringo Muerto distrito de Pativilca, provincia de Barranca y departamento de Lima, a favor del señor Leoncio Leyva Chinchay.
Declarar improcedente la solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, solicitado por CANCHO COVINOS RENZO BRUNO, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar administrativamente a la Municipalidad Distrital de Zúñiga, con RUC 20182750311, por realizar el vertimiento de aguas residuales al río Cañete proveniente de la PTAR a su cargo, ubicada en el Anexo Cruz Blanca, distrito de Zúñiga, provincia de Cañete, departamento de Lima, calificándose la infracción como grave e imponiéndose finalmente una multa ascendente a «2,1» UIT. vigentes al momento de su pago, por infringir el inciso 9) del artículo 120° de la Ley 29338, «Ley de Recursos Hídricos», acorde con el literal d) de su Reglamento, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº0000877174, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles.
Rectificar el error material incurrido en la Resolución Directoral N° 1920-2018-ANA-AAA JZ-V, en el extremo de las coordenadas descritas en el cuadro de datos técnicos del artículo 2° respecto a las coordenadas de los centroides de los predios con unidad catastral 094974, 119710, 119709 y 119708
Autorizar, la ocupación futura de la faja marginal del río Rímac, en la margen izquierda entre los hitos MI 291 al hito MI 293, a favor de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, con RUC N° 20131371455.
Aprobar la «Delimitación de Faja Marginal de la Quebrada Huaycán de Cieneguilla, en ambas márgenes del río Lurín y su aportante la quebrada 1», la cuenca de la quebrada Huaycán se encuentra ubicada al oeste de la región Lima en la provincia de Lima, comprende el distrito de Cieneguilla.
Rectificar el error material incurrido en la Resolución Directoral N° 1206-2019-ANA-AAA-JZ-V, en el extremo de la coordenada norte del predio sin código catastral del usuario, De la Cruz de Sandoval Clementina, descrita en el cuadro de datos técnicos del artículo 2°
Aprobar, acreditación de disponibilidad hídrica superficial proveniente del manantial Tuctupillin, con un volumen de agua de 6 999 m3/año, para el uso
complementario (limpieza de servicios higiénicos, duchas y lavado de manos), en la actividad minera, ubicado en el distrito de San Pedro, provincia de Ocros, departamento de Ancash, a favor de la empresa Minera Castor S.A.C, con RUC 20517307719.
Rectificar el error material incurrido en la Resolución Directoral N° 1352-2017-ANA-AAA JZ-V, en el extremo de la coordenada Este, descrita en el cuadro de datos técnicos del artículo 2°, respecto del predio con UC 095247
Modificar la licencia de uso de agua subterránea del pozo tajo abierto, del acuífero Huaura, con código 15.08.15-PP-114, otorgada mediante la Resolución Administrativa 226-2012-ANA-ALA.H de 2012-12-3, por incremento de volumen de 12 588 m3/año, para uso pecuario en el predio denominado Granja Alberto, a favor de la empresa Redondos SA con RUC 20221084684.
Declarar improcedente la solicitud de extinción y otorgamiento licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, solicitado por VALVERDE MORE MARIA ROSA Y VALVERDE MORE JOSE FRANCISCO, en mérito a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Autorizar la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico subterráneo de uno pozo tubular PP-01, proveniente del acuífero Cañete, con fines de uso
industrial, en el predio ubicado en el Centro Poblado Cerro alegre sector La Alameda Parcelas 75, 75 A y 75 B. del distrito Imperial, de la provincia de Cañete – Lima, a favor de la empresa CYNARA S. A. C. con RUC N°20518581237.
Declarar improcedente la solicitud de extinción y otorgamiento licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, solicitado por PORFIRIO HUAMÁN QUISPE, en mérito a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la extinción del derecho de permiso de uso de agua superficial con fines agrícolas, otorgado a favor de Rosalina Santisteban De Chapoñan y Salustiano Chapoñan Suclupe, mediante Resolución Administrativa N° 0243-2017-ANAAAA.JZ-ALA.CHL, para el predio con código catastral 26284.
Extinguir la licencia de uso de agua subterránea por cambio de titular, que fue otorgada mediante Resolución Administrativa 487-2017-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL a favor de la empresa Inversiones Cadive SAC, para uso industrial.
Otorgar licencia de uso de agua subterránea con fines de uso industrial a favor de doña Carolina Ballen Sayán con DNI 41645876.
Declarar improcedente la solicitud de extinción y otorgamiento licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, solicitado por JUAN MÁXIMO ASTETE CABEZAS, en mérito a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar, al señor Eusebio Alimber Espíritu Zacarías con DNI 07115257, por haber ocupado parte de la faja marginal margen derecha del río Lurín con plantaciones de pitajaya, paltos, maracuyá y otros, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, constituyendo infracción al literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, imponiéndose una multa ascendente a cero coma cinco (0,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha de pago, que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174 correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador seguido al señor Fredy Julián García González con DNI 10258809, por la presunta infracción a los numerales 5)13, 9)14 y 12)15 del Art. 120° de la Ley de Recursos Hídricos 29338, concordante con los literales b)16, c)17 y p)18 del Art. 277° de su Reglamento, por descarga ilegal de aguas residuales sin tratar (líquidos de colores rojo, negro y otros) en un tramo del canal derivador Nievería, ámbito de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Nievería de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Rímac.
Declarar la extinción del derecho de permiso de uso de agua superficial con fines agrícolas, otorgado a favor de Pablo Vidaurre Bances y María Virginia Acosta Chapoñan mediante Resolución Administrativa N° 145-2015.-ANA-AAA.JZALA.CHL, para el predio con código catastral 66907.
Sancionar administrativamente a la empresa TADUP SAC con RUC 20504540023, por obstruir el bordo y camino de vigilancia con la construcción de una columna de concreto armado y cultivos en la margen derecha del canal Yanacona ámbito de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico San Antonio de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Chillón, infringiendo el literal o) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, con una multa ascendente a (4) Unidades Impositivas Tributarias, vigente a la fecha de pago, que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174 correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles.
Declarar Improcedente la solicitud presentada por la empresa Agroindustrial Pomalca S.A.A, sobre modificación de la servidumbre de uso de agua; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente, en consecuencia, proceder al ARCHIVO del expediente.
Modificar la licencia de uso de agua subterránea del pozo tajo abierto, con código 15.08.21.PP-13, otorgada mediante la Resolución Administrativa 227-2012-ANAALA.H de 2012-12-3 por incremento de volumen de 51 158 m3/año, para uso pecuario en el predio denominado Granja Tres Palos, a favor de la empresa Redondos SA con RUC 20221084684.
Declarar la extinción del derecho de permiso de uso de agua superficial con fines agrícolas, otorgado a favor de Santisteban De Chapoñan Rosalina y Chapoñan Suclupe Salustiano, mediante Resolución Administrativa Administrativa N° 02432017-ANA-AAA.JZ-ALA-CH-L, para el predio con código catastral 26285 de 1,59 ha.