Modificar el Artículo 3° de la Resolución Directoral N° 4379-2016- ANA-AAA.JZ-V, con respecto a la licencia de uso de agua subterránea otorgada a través del pozo artesanal con código de IRHS 554
Declarar improcedente la solicitud presentada por JUAN TELLO IZQUIERDO, sobre modificación de licencia de uso de agua, en virtud de los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Extinguir la Licencia de uso de agua, Agrícola, Superficial, Resolución Administrativa N° 0521-2007 ATDRM-DRA/J, de fecha 03/12/2007, otorgada a favor de Garagatti Cerrón, Simeón Fortunato, respecto a la unidad operativa Cod: 09074 y Otorgar Licencia de uso de agua Agrícola, Superficial, a favor de Garagatti Gutiérrez, Jesús Ninidio, con DNI 20063352.
Extinguir la licencia de uso de agua subterránea proveniente del pozo a tajo abierto, otorgada mediante Resolución Administrativa 0183-2004 AGDRA.LC/ATDR.CHRL del 2004-05-19, a favor de la empresa Insumos No Metálicos y Químicos de Exportación e Importación S.A (INSUMEX S.A) con RUC 20110284978, para fines de uso en los servicios higiénicos de un pozo a tajo abierto con un volumen de agua asignado de 328,50 m3 /año proveniente del acuífero Lurín; por caducidad, por la causal conclusión del objeto.
Se anexa el Informe Técnico 012-2025-KRCT de 2025-04-21, como parte integrante del presente acto administrativo.
Declarar improcedente la solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA, solicitado por la COMISIÓN DE USUARIOS DEL SUB SECTOR HIDRAULICO MEDIO PIURA MARGEN IZQUIERDA DE LA JUNTA DE USUARIOS DEL SECTOR HIDRAULICO MENOR MEDIO Y BAJO PIURA, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar fundado el Recurso de Reconsideración presentado por MI PRIMER HOGAR S.A.C, contra la Resolución Directoral N° 0455-2025-ANA-AAA.JZ, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Extinguir la licencia de uso de agua subterránea de un pozo a tajo abierto ubicado en la parcela 10 con C.C 02222 Ex Cooperativa José Carlos Mariátegui, en el distrito de Carabayllo, de la provincia y departamento de Lima; con un volumen de hasta 3 153,60 m3 /año, proveniente del acuífero Chillón, otorgada mediante la Resolución Administrativa 1154-2011 ANA-ALACHRL de 2011-12-09, a favor de la Sucesión Intestada Manuela Montes Quispe, por caducidad, por la causal conclusión del objeto.
Se anexa el Informe Técnico 011-2025-KRCT de 2025-04-11, como parte integrante del presente acto administrativo.
Declarar improcedente la solicitud presentada por BANCES VALDERA LORENZO sobre otorgamiento de licencia de uso de agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SUMILLA: Cuando la impugnante no acredita legitimidad para obrar corresponde desestimar su intervención en el procedimiento.
MARCO NORMATIVO: Artículo 62º, numeral 120.2 del artículo 120º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.