R.D. N° 0887-2025-ANA-AAA.M
Resumen
AMPLIAR, de manera excepcional, por un periodo máximo de tres (03) meses adicionales al plazo de nueve (09) meses, el plazo para resolver el presente Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado mediante las Notificaciones N° O274-2924-ANA-AAA.M-ALA.POMA y N° 0275-2024-ANA-AAA.M-ALA.POMA contra DIMAS CHÁVEZ PONTE y TIMOTEO SOTO ESTRADA respectivamente, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.