R.D. N° 1008-2016-ANA/AAA-MARAÑON
Resumen
IMPONER la Sanción Administrativa de multa de 5.1 UIT, vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Provincial de Yarowilca, provincia de Yarowilca, región Huánuco, por haber realizado vertimientos de aguas residuales proveniente de la ciudad de Chavinillo, provincia de Yarowilca, región Huánuco a través de tres tuberías de PVC de 6" de diámetro con un caudal de 1,5 1/s equivalente a un volumen de 47 304,00 m3/año, en el punto de las coordenadas UTM WGS 84: conforme se detalla en el cuadro N° 01, en el riachuelo Condorcanqui, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 9° del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal "d" del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y que de acuerdo al numeral 279.3 del artículo 279° del mismo cuerpo legal, la infracción ha sido calificada como muy grave, de conformidad con los fundamentos expuestos.