R.TNRCH. Nº 0761-2019-ANA
Resumen
CUT N°:48584-2019.
IMPUGNANTE: Alicia Romaní Vargas.
ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización
SUMILLA: Se declara infundado e! recurso de apelación interpuesto por la señora Alicia Romani Vargas contra la Resolución Directoral N°138-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que el referido acto administrativo ha sido emitido conforme a ley.
MARCO NORMATIVO: Numeral 12. del artículo 15° y numera 1. del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del articulo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La inspección ocular constituye una actuación previa al inicio del procedimiento administrativo sancionador, realizada en virtud de la facultad de fiscalización en materia de recursos hídricos otorgada a la Autoridad Nacional del Agua, que, para su realización, no requiere ser comunicada al administrado, no obstante, durante su realización, el administrado puede participar de la diligencia o presentar o producir los medios probatorios que considere convenientes, en la forma y plazos establecidos por la Ley
Marco normativo
Numeral 12. del artículo 15° y numera 1. del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del articulo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos