R.TNRCH. Nº 0613-2019-ANA
Resumen
CUT N°:52073-2019.
IMPUGNANTE: Gladys Julia Apaza Huacasi.
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Caducidad
SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Gladys Julia Apaza Huacasi contra la Resolución Directoral N°138-2019-ANA/AAA I C-O; en consecuencia nulo dicho acto administrativo, y la Resolución Directoral N°3481-2017-ANA/AAA I C-O por haber operado la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado en contra de la señora Gladys Julia Apaza Huacasi, a través de la Notificación N°0029-2017-ANA-AAA.CO/ALA-CH, dejándose sin efecto las referidas resoluciones directorales: y disponiendo el archivo de dicho procedimiento.
MARCO NORMATIVO: Numeral 1. del Artículo 257° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)
SENTIDO: CADUCIDAD
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de cargos
Marco normativo
Numeral 1. del Artículo 257° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)