RD N° 0219-2019-ANA-AAA-MDD
Resumen
APROBAR, de oficio, el ancho de la faja marginal de l río Tahuamanu en su margen izquierda de 50.00 metros y en su margen derecha en 50.00 metros, conforme a los criterios establecidos en el artículo 12º del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento defajas marginales , aprobado mediante la Resolución Jefatura! Nº 332-2016-ANA. La faja marginal está conformada por las áreas inmediatas superiores a la ribera de dicho cauce natural, y son consideradas zonas de riesgo NO MITIGABLES.