CUT N°:113650-2019.
IMPUGNANTE: Comité de Usuarios del Canal de Riego Wicsuragra - Santa Rosa de Marambuco.
ÓRGANO: ALA Alto Huallaga.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua
SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica y Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios del Canal de Riego Wicsuragra-Santa Rosa de Marambuco contra las Resoluciones Administrativas N°199-2019-ANA-AAA.HUALLAGA-ALA.ALTO HUALLAGA y N°202-2019-ANA-AAA.HUALLAGA-ALA.ALTO HUALLAGA, por haberse desestimado los argumentos del recurso impugnatorio; y no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°202-2019-ANA-AAA.HUALLAGA-ALA.ALTO HUALLAGA.
MARCO NORMATIVO: Artículo 47° la ley de licencia de uso de agua, numeral 79.1 del articulo 79º del reglamento de la Ley de Recurso, Literal b) del artículo 13º y artículo 40° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA. literal B) del numeral 3.2 del articulo 3° del Decreto Supremo N°022-2016-MINAGRI
SENTIDO: INFUNDADO