R.TNRCH. Nº 1356-2019-ANA
Resumen
CUT N°:212419-2019.
IMPUGNANTE: Gerbar Bartra Lozano.
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Gerbar Bartra Lozano contra la Resolución Directoral N°496-2019-ANA/AAA-HUALLAGA, por haberse desvirtuado sus argumentos y encontrarse acreditada la comisión de la infracción tipificada en el numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal f) del artículo 277° de su Reglamento.
MARCO NORMATIVO: Numeral 5º del articulo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del articulo 277 de su reglamento; articulo 74 de la Ley de Recursos Hidricos, numeral 115.1 del articulo 115 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Es infracción ocupar las fajas marginales en zonas intangibles por ello la prohibición de la transferencia y cesión para fines de vivienda, comercio, agrícola.
Marco normativo
Numeral 5º del articulo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del articulo 277 de su reglamento; articulo 74 de la Ley de Recuraoa Hidricos, numeral 115.1 del articulo 115 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

