RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2647-2019-ANA-AAA-JZ-V

Resumen

Otorgar licencias de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de García Nima Miguel Angel, para el predio con código catastral 024646, para un área bajo riego de 1,00 ha.; y, a favor de Ojeda de Zeta María Paula, para el predio con código catastral 024647 para un área bajo riego de 1,00 ha, con agua proveniente del río Quiroz y Chipillico

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Noviembre, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RD N° 0398-2019-ANA-AAA-MDD

Resumen

OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 26520.000 m3/año, a favor de ELEUTERIO CRUZ ALANOCA con DNI 24699710, con fines Acuícolas, categoría AREL.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RD N° 0397-2019-ANA-AAA-MDD

Resumen

OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 51840.000 m3/año, a favor de ANTONIO CCASA MAMANI con DNI 04963309, con fines Acuícolas, categoría AREL.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RD N° 0396-2019-ANA-AAA-MDD

Resumen

OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 51840.000 m3/año, a favor de ESPERANZA CUJNO MAMANI con DNI 40821254, con fines Acuícolas, categoría AREL.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RD N° 0395-2019-ANA-AAA-MDD

Resumen

OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 25920.000 m3/año, a favor de JULIA FRANCISCA PALOMINO LÓPEZ con DNI 04819354, con fines Acuícolas, categoría AREL.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RD N° 0394-2019-ANA-AAA-MDD

Resumen

OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 68571.480 m3/año, a favor de URSULA PANCCA QUISPE con DNI 04963389, con fines Acuícolas, categoría AMYPE.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 1244-2019-ANA

Resumen

CUT N°:189949-2019.

IMPUGNANTE: Juan Gregorio Laqui Mamani.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por el señor Juan Gregorio Laqui Mamani contra la Resolución Directoral N°884-2019-ANA/AAA.CO, por no haber cumplido con acreditar el uso del agua de manera pública, pacífica y continua, conforme lo exige el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Articulo 4° del 6° Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI 

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 30 Octubre, 2019

N° de Expediente TNRCH

961 -2019

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014 

Marco normativo

Articulo 4° del 6° Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RD N° 0393-2019-ANA-AAA-MDD

Resumen

OTORGAR Licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 90612.240 m3/año, a favor de ISABEL PANCCA QUISPE con DNI 04825944, con fines Acuícolas, categoría AMYPE.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Septiembre, 2019

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 1231-2019-ANA

Resumen

CUT N°:203733-2019

IMPUGNANTE: Sociedad Minera de Recursos Linceares Magistral de Huaraz S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Sociedad Minera de Recursos Linceares Magistral de Huaraz S.A.C. contra la Resolución Directoral N°1003-2019-ANA/AAA.HCH, debido a que dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Literal d) del articulo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Octubre, 2019

N° de Expediente TNRCH

100-2019

Sumilla

Efectuar el reuso de aguas residuales  sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, constituye infracción a la Ley de Recursos Hídricos

Marco normativo

Literal d) del articulo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

MINAGRI identificó puntos críticos en los ríos Chillón, Rímac y Lurín

Fecha de publicación

Lunes, 16 Diciembre 2019
  • Especialistas invocan a las municipalidades a ejecutar trabajos de prevención y respetar las fajas marginales ante la llegada de lluvias.

El Ministerio de Agricultura y Riego a través de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), identificó 302 puntos críticos en las cuencas de los ríos Chillón, Rímac y Lurín los cuales fueron reportados, desde el mes de agosto, a las diferentes municipalidades distritales involucradas para las respectivas acciones de limpieza y prevención, de acuerdo a sus competencias.

En el río Chillón se identificó 46 puntos críticos los cuales involucra a los distritos de Carabayllo (13), Puente Piedra (5), Comas (9), Los Olivos (12), San Martín (7). El río Rímac tiene 179 puntos críticos distribuidos en Chaclacayo (18), Lurigancho Chosica (115), Ate (9), El Agustino (26), Lima (10), Carmen de La Legua Reynoso (1). Mientras tanto el río Lurín cuenta con 77 puntos críticos Cieneguilla (59), Pachacamac (10) y Lurín (8)

El funcionario de la ANA, José Abasolo, explicó que, en el tramo de los ríos Chillón, Rímac y Lurín, se estima que los habitantes en riesgo superan los 115 000 personas, y las viviendas que pueden sufrir daños son 25 000, aproximadamente.

El especialista invocó a las municipalidades a tomar las acciones respectivas y respetar las fajas marginales que son el área intangible cercana a las fuentes naturales (río, lago, quebrada, etc.) que no pueden ser habitadas ni utilizadas para algún fin comercial, agrícola, vivienda u otros.

Además, precisó que la faja marginal es necesaria para proteger y preservar la fuente natural. Permite proteger a la población ante eventuales desbordes. Asimismo, permite evitar la contaminación de las aguas.

Dato:

La Presidencia del Consejo de Ministros declaró en estado de emergencia por 60 días a varios distritos de la provincia de Lima, para prevenir eventuales inundaciones por desbordes en las tres cuencas de los cauces de los ríos Chillón, Rímac y Lurín.

Lima, 16 de diciembre de 2019

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