Sancionar, a la empresa 3AMSEQ S.A con RUC 20608931156, por ejecutado un pozo de captación de agua subterránea sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua; calificando la infracción como leve, e imponiéndose finalmente una multa ascendente a «0,5» UIT. Y por estar haciendo uso del agua sin derecho también se califica como leve y se impone una sanción de multa ascendente a «0,5» UIT, las que ambas hacen un total de dos «1» UIT vigentes al momento de su pago, por infringir los numerales 1 y 3 del artículo 120 de la Ley 29338 – Ley de Recursos Hídricos - Ley 29338, concordante con los literales a y b del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174, a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitirse a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.