CUT N°: 239401-2019.
IMPUGNANTE: EPS SEMAPACH S.A.
ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.
SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación presentado por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento SEMAPACH S.A. contra la Resolución Directoral N° 1732-2019-ANA-AAA-CH.CH, reformulándose el monto de la multa impuesta de 3 UIT a 2.1 UIT; determinándose la inexistencia de responsabilidad de la administrada respecto de la infracción prevista en el numeral 4 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal n) del artículo 277° de su Reglamento, confirmándose su responsabilidad en lo que concierne a la comisión de las infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del articulo 277° del Reglamento de la referida Ley.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUB MATERIA: Sustraer el Agua Cuyo Uso ha sido Otorgados a Terceros
MARCO NORMATIVO: articulo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos
SENTIDO: Fundado en Parte