SANCIONAR a los señores Víctor Alejandro Pezúa Ponze y Patricia Elizabeth Tapia de Pezúa y a la empresa Industrias Mecánicas SAC, con una multa solidaria ascendente a 0.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, por la construcción de un pozo tubular, en el Sector el Molino, distrito El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, en el punto de las coordenadas: UTM (WGS 84) 379543-E, 8509965-N, en el predio con UC 20609, sin contar autorización de la Autoridad Nacional del Agua, hechos que se encuentran tipificados como infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al artículo 120o de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, numeral 3. “La ejecución (…) de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, concordante con el artículo 277o literal b del Reglamento de la Ley “Construir (…) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias en (…) los bienes naturales asociados a ésta (…)”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.