DETERMINAR, la no existencia de infracción tipificada en el
numeral 5., del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
en consecuencia ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra
la administrada ZOILA MAS VALLE, Identificada con DNI N.° 01051438 , por la presunta
comisión de la infracción prevista en el numeral 2)., del artículo 120° de la Ley Nº 29338,
Ley de Recursos Hídricos, concordado con el literal j)., del artículo 277º del Decreto
Supremo N° 001-2010-AG, acorde a los argumentos expuestos en la parte considerativa
de la Resolución Directoral.