R.TNRCH. Nº 0218-2019-ANA
Resumen
CUT N°:195077-2018.
IMPUGNANTE: Eloy Mamani Quispe.
ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUB MATERIA: Caducidad
SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor Eloy Mamani Quispe a través de la Notificación N°392-2017-ANA-AAA.UV-ALA. SI fecha 21.12.2017, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento.
MARCO NORMATIVO: Artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
SENTIDO: CADUCIDAD
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se emite después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.
Marco normativo
Artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General