R.TNRCH. Nº 1197-2024-ANA

Resumen

CUT: 61102-2023.

IMPUGNANTE: Consorcio de Ingenieros Ejecutores Mineros S.A.

ORGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Contaminación de fuentes naturales de aguas superficiales.

SUMILLA: Cuando se acredita que la descarga proveniente de una empresa impacta en un cuerpo de agua superando los estándares de calidad ambiental se configura la infracción por contaminación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 8 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal c) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Confirmar / nulo.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

599-2024

Sumilla

Cuando se acredita que la descarga proveniente de una empresa impacta en un cuerpo de agua superando los estándares de calidad ambiental se configura la infracción por contaminación.

Marco normativo

Numeral 8 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal c) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1196-2024-ANA

Resumen

CUT: 4103-2023.

IMPUGNANTE: Wendy Milagros Oré Huamaní.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: No es impugnable el acto administrativo cuando el procedimiento está en trámite.

MARCO NORMATIVO: El numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

402-2024

Sumilla

No es impugnable el acto administrativo cuando el procedimiento está en trámite

Marco normativo

El numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1195-2024-ANA

Resumen

CUT: 4851-2021.

SOLICITANTE: Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Oso Polar JJ 2005.

ORGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Prescripción de la facultad para declarar la nulidad.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho acto quedó consentido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

484-2024

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1194-2024-ANA

Resumen

CUT: 177837-2024.

SOLICITANTE: Gustavo Armando Toledo Palomino.

ORGANO: ALA Ica.

MATERIA: Nulidad de administrativo oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1062-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1193-2024-ANA

Resumen

CUT: 157939-2022.

IMPUGNANTE: Alberto Agreda Alfaro.

ORGANO: ALA Moche Virú Chao.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Intervención de terceros.

SUMILLA: Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

405-2024

Sumilla

Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1192-2024-ANA

Resumen

CUT: 234632-2023.

IMPUGNANTE: Lucio Antonio Apolinario Apeña.

ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal.

MARCO NORMATIVO: Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1027-2023

Sumilla

La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal.

Marco normativo

Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1191-2024-ANA

Resumen

CUT: 98587-2024.

IMPUGNANTE: Fernando López Galván.

ORGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal.

MARCO NORMATIVO: Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1025-2024

Sumilla

La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal

Marco normativo

Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1190-2024-ANA

Resumen

CUT: 174090-2024.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1210-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1189-2024-ANA

Resumen

CUT: 13765-2023.

IMPUGNANTE: Asociación Turística de Cortadores y Artesanos Ruta del Sillar Canteras Arequipa.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Construir obras sin autorización y ocupar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: Constituye infracción en materia de recursos hídricos la construcción de obras sin autorización y la ocupación de la faja marginal.

MARCO NORMATIVO: Numerales 3 y 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales b y f del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

771-2023

Sumilla

Constituye infracción en materia de recursos hídricos la construcción de obras sin autorización y la ocupación de la faja marginal.

Marco normativo

Numerales 3 y 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales b y f del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1187-2024-ANA

Resumen

CUT: 45954-2023.

IMPUGNANTE: Ana Beatriz Turpo Gibera.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador- Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales y arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.  

SUMILLA: Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación con un contenedor a modo de vivienda constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277º de su reglamento. 

SENTIDO: Fundado en parte/ Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

295-2024

Sumilla

Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación con un contenedor a modo de vivienda constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277º de su reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas