R.TNRCH. Nº 0352-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 215173-2022.

IMPUGNANTE: 3° Brigada de Caballería-Tacna.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Modificación de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La modificación de una licencia de uso de agua será declara improcedente cuando no la solicite el titular del derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 56° la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

318-2024

Sumilla

La modificación de una licencia de uso de agua será declara improcedente cuando no la solicite el titular del derecho.

Marco normativo

 Numeral 2 del artículo 56° la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0351-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 189087-2022.

IMPUGNANTE: Jorge Luis Fernández Juárez.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Servidumbre de agua.

SUBMATERIA: Extinción de servidumbre de agua.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo que resuelve un procedimiento sobre extinción de servidumbre de un canal de riego cuando la Autoridad omite comunicar el inicio del referido procedimiento a los interesados con el fin de que ejerzan su derecho de defensa.

MARCO NORMATIVO: Artículo 68° de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 100° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

684-2023

Sumilla

Es nulo el acto administrativo que resuelve un procedimiento sobre extinción de servidumbre de un canal de riego cuando la Autoridad omite comunicar el inicio del referido procedimiento a los interesados con el fin de que ejerzan su derecho de defensa

Marco normativo

Artículo 68° de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 100° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0350-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 147051-2022.

SOLICITANTE: Asociación Agropecuaria y Ganadera de El Paraíso – Supe Pueblo.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción de derecho de uso de agua.

SUMILLA: La nulidad de oficio requiere la afectación al interés público o la vulneración de derechos fundamentales, lo cual no se configura en el presente caso con la emisión de una resolución consentida por la propia administrada.

MARCO NORMATIVO: Artículos 10°, 21° y 213° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

166-2023

Sumilla

La nulidad de oficio requiere la afectación al interés público o la vulneración de derechos fundamentales, lo cual no se configura en el presente caso con la emisión de una resolución consentida por la propia administrada.

Marco normativo

Artículos 10°, 21° y 213° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0333-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 98767-2023.

IMPUGNANTE: Balbina Mary Lourdes Linarez del Carpio.

ORGANO: ALA Chili.

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua.

SUBMATERIA: Adecuación de las organizaciones de usuarios de agua.

SUMILLA: La Autoridad Nacional del Agua está facultada para realizar de oficio la adecuación del estatuto de la organización de usuarios de agua a la ley correspondiente, cuando no se ha efectuado en el plazo establecido.

MARCO NORMATIVO: Artículo 6° de la Resolución Jefatural N° 265-2015-ANA y Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

510-2023

Sumilla

La Autoridad Nacional del Agua está facultada para realizar de oficio la adecuación del estatuto de la organización de usuarios de agua a la ley correspondiente, cuando no se ha efectuado en el plazo establecido.

Marco normativo

Artículo 6° de la Resolución Jefatural N° 265-2015-ANA y Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0344-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 132039-2022.

IMPUGNANTE: Asociación de Regantes de Huallipampa - Jesús María.

ORGANO: AAA Pampas – Apurímac.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Desistimiento.

SUMILLA: Corresponde aceptar el desistimiento solicitado por el administrado cuando no afecta a terceros o el interés general.

MARCO NORMATIVO: Artículo 201° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aceptar desistimiento.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

278-2024

Sumilla

Corresponde aceptar el desistimiento solicitado por el administrado cuando no afecta a terceros o el interés general.

Marco normativo

Artículo 201° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0343-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 231322-2023.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la autoridad administrativa del agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de modificación de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

355-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la autoridad administrativa del agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de modificación de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0342-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 55890-2024.

SOLICITANTE: Fundo del Sol S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Cuando la queja se basa en la demora del funcionario y el trámite ya culminó, se produce la sustracción de la materia.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

345-2024

Sumilla

Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite, la queja será desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0341-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 58418-2024.

SOLICITANTE: Inmobiliaria Inti Hatari S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite, la queja será desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

354-2024

Sumilla

Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite, la queja será desestimada debido a que su finalidad es impulsar el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0340-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 10525-2023.

SOLICITANTE: Dionicio Celestino Sosa Sairitupa.

ORGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

755-2023

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0339-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 21724-2022.

IMPUGNANTE: Doris Mendoza Zevallos.

ORGANO: AAA Huallaga

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

016-2024

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas