R.TNRCH. Nº 0406-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 66768-2024

SOLICITANTE: Minera Perji S.R.L.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Las opiniones técnicas para la aprobación de un instrumento de gestión ambiental no son apelables, por tanto, el Tribunal carece de competencia para evaluar las quejas por defecto de tramitación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 82.2 del artículo 82º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 14º del “Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua”, artículo 169º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 038-2017-EM y numeral 12.1 del artículo 12º del Decreto Supremo N° 038-2017-EM.

SENTIDO: Falta de competencia.

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

386-2024

Sumilla

Las opiniones técnicas para la aprobación de un instrumento de gestión ambiental no son apelables, por tanto, el Tribunal carece de competencia para evaluar las quejas por defecto de tramitación.

Marco normativo

Numeral 82.2 del artículo 82º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 14º del “Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua”, artículo 169º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 038-2017-EM y numeral 12.1 del artículo 12º del Decreto Supremo N° 038-2017-EM.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas