Conceder el Permiso del Uso de Agua con Fines Agrícolas a la Comisión de Regantes Rio Pachar, de los Distritos de Ollantaytambo y Maras, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco, de los Sub Sectores de Riego Ollantaytambo y Maras, Sector de Riego Urubamba, del Sub Distrito de Riego Valle Sagrado, Distrito de Riego Cusco, conformado por los Comités de Regantes Paucarbamba y Pachar; por el término de dos años contados a partir de la dación de la presente Resolución Administrativa, de las aguas del rio Huarocondo, de la captación Huacatrancana, hasta por un gasto total de 238.00 lt/seg. y del manante Ñahuin hasta por un gasto de 1.50 lt/seg., que en total hacen hasta un gasto de 239.50 lt/seg. y una masa anual de 3'724,704 M3, (tres millones setecientos veinte y cuatro mil setecientos cuatro metros cúbicos), Siendo la distribución de la siguiente manera: Canal Margen izquierda 75.00 lt/seg, para el Comité de Regantes Pachar, Canal Márgen Derecha 168.00 lt/seg., siendo un caudal de 86 lt/seg, para el Comité de Regantes Pachar Margen Derecha y 80.0 lt/seg del río Huarocondo más 1.50 lt/seg del manantial Ñahuin, para el comité de Regantes Paucarbamba, por encontrarse dichas aguas en actual uso por los solicitantes sin perjuicio de terceros.