R.D. N° 458-2023-ANA-AAA X MANTARO

Resumen

Sancionar al Gobierno Regional de Ayacucho, con una multa equivalente a tres coma cero (3,0) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de infracciones Graves, tipificadas en los numerales 1) y 6) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordantes con los literales “a” y “f” del artículo 277° del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; consistente en: 1) “Usar las aguas del río Chacco sin la Autorización de la Autoridad Nacional del Agua” y 2) “Ocupar el cauce del río Chacco con material desmonte”, ubicado en la Comunidad Campesina de Pongora, distrito de Jesús Nazareno, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho.

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Agosto, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

Autor

ANA