SANCIONAR administrativamente a ELIO JACINTO MENACHO URBANO, identificado con DNI Nº 48259640, por la comisión de las infracciones previstas en los numerales 1)y 3) del artículo 120° de la Ley Nº 29338 - Ley de Recursos Hídricos, que establece como infracción en materia de agua, 1) Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso y la 3) Ejecución (…) de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, concordado con el literal a) y b) del Artículo 277° de su Reglamento: a ) “Usar (…) aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua” y b) “Construir (…), sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta o en la infraestructura hidráulica mayor pública”, de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.