CUT N°: 148210-2021.
IMPUGNANTE: Juan José Sánchez Solano.
ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Modificación y otorgamiento de licencia de uso de agua.
SUMILLA: La extinción y otorgamiento de un derecho de uso de agua procede en los actos de transferencia total o parcial del predio, en cuyo caso no se modifican las condiciones de otorgamiento del derecho, ya sea por su reiteración en el nuevo título habilitante o porque sumadas las condiciones en los nuevos títulos resulta que no ha habido modificación. Sin embargo, en el supuesto de que el administrado requiriese la variación de las condiciones técnicas, por ejemplo: necesidad de nuevos puntos de captación o de aumentar el volumen de agua, o porque la administración lo considerase imprescindible, corresponde acumular el trámite con el de modificación del derecho, con lo cual la competencia se traslada a la Autoridad Administrativa del Agua.
MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.
SENTIDO: Fundado.