R.TNRCH. Nº 0290-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 164189-2020.

IMPUGNANTE: Francisco Otazu Ancco.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua superficial con fines agrarios

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Francisco Otazu Ancco, en consecuencia, nula la Resolución Directoral N° 535-2020-ANA-AAA.PA, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo, se desestima la solicitud de licencia de uso de agua formulada por el señor Eustaqui Palomino Ancco.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Mayo, 2021

N° de Expediente TNRCH

058-2021

Sumilla

Se advierte que el titular de la licencia de uso de agua presento certificado de posesion, la cual, solo menciona una denominacion y área, pero no determina la existencia de un predio como poligono, por lo tanto, no ha demostrado el requisito relaccionado con la acreditacion de la propiedad, toda vez que la licencia se vincula con el objeto (fin y predio), entonces al no haber acreditado el requisito de propiedad no corresponde el otorgamiento de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0289-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 40709-2021.

SOLICITANTE: Luis Alfredo Carrera Yáñez.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Destinar las aguas a uso distinto al cual fueron otorgadas.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 1119-2019-ANA/AAA.CO y la Resolución Directoral N° 090-2020-ANA/AAA,CO, solicitada por el señor Luis Alfredo Carrera Yáñez, debido a que no se ha confígurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MÉRITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Mayo, 2021

N° de Expediente TNRCH

137-2021

Sumilla

El administrado elega vulneracion al principio de legalidad, principio del debido procedimiento y el principio de verdad material, al no encontrarse la resolucion debidamente motivada, transgrediendo su derecho de defensa;  lo que pretende el administrado es que se declare la nulidad, bajo los argumento de un recurso de apelacion, sin embargo, el administrado dejo consentir la sancion al no impugnar la resolucion. 

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0288-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 43262-2021.

IMPUGNANTE: Minera Yanacocha S.R.L.

ÓRGANO: DCERH.

MATERIA: Autorizacion de vertimiento de aguas residuales tratadas

SUBMATERIA: Modificación y Renovación (o prórroga) de Autorización de Vertimiento de Aguas Residuales Tratadas.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Minera Yanacocha S.R.L, y en consecuencia, nula la Resolución Directoral N° 029-2021-ANA-DCERH, disponiéndose la emisión de un nuevo pronunciamiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Mayo, 2021

N° de Expediente TNRCH

141-2021

Sumilla

Se declara fundado el recurso de apelacion  del administrado, puesto que, la resolucion de renovacion de vertimentos de aguas determino la ampliacion de 2 años, sin que haya explicado el motivo para el cambio de criterio, ya que mediante informe se recomendó la renovacion de 3 años, por lo que, el acto administrativo incurre en causal de nulidad por omitir  la exposicion de las razones que sustente la posicion del ente estatal. 

Marco normativo

Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0249-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 167931-2020.

SOLICITANTE: Judith Camero Podesta.

ÓRGANO: AAA Pampas-Apurimac.

MATERIA: Autorizacion de Ejecucion de Obras Minimas.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

SUMILLA: Se resuelve no haber merito para declarar la nulidad de oficio de la Resolucion Directoral N° 373-2020-ANA-AAA.PA, debido a que el referido acto administrativo fue emitido en cumplimiento de las disposiciones que rigen el procedimiento de Autorizacion de  Ejecucion de Obras Minimas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MÉRITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

530-2020

Sumilla

resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución, debido a que el referido acto administrativo fue emitido en cumplimiento de las disposiciones que rigen el procedimiento de Autorización de Ejecución de Obras Mínimas.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0264-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 262387-2019.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N" 246-2019-ANA-AAA.JZ-V, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 2 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se declara improcedente la solicitud de autorización de reúso de aguas residuales presentada por Frutos Tongorrape S.A.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD    

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

541-2020

Sumilla

Se declara de oficio la nulidad de la Resolución, por encontrarse incursa en la causal de nulidad . Asimismo, se declara improcedente la solitud de autorización de reúso de aguas residuales.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0259-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 83620-2020.

IMPUGNANTE: Asociación de Granjeros Casa Huerta Villa Esperanza San José II La Joya

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA:  Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Granjeros Casa Huerta Villa Esperanza San José II - La Joya contra la Resolución Directoral N° 299-2020-ANA-AAA. CO, por haberse emitido el referido acto conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

474-2020

Sumilla

Se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por el administrado contra el acto administrativo, por haberse emitido conforme a ley.

Marco normativo

artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0250-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 86971-2020

SOLICITANTE: Junta de Desarrollo Local del Anexo de Yanavilca, Comunidad San Ramón de Yanavilca de la Comunidad Campesina de Río Blanco.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 119-2020-ANA.AAA.PA, debido a que el referido acto administrativo fue emitido en cumplimiento de las disposiciones que rigen el procedimiento de Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

552-2020

Sumilla

En virtud a los fundamentos expuestos por la administración, dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0248-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 129479-2020.

IMPUGNANTE: Agroindustrias San Jacinto S.A.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua por Cambio de Titular.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Agroindustrias San Jacinto S.A.A., en consecuencia, se revoca la Resolución Directoral N° 1000-2017-ANA-AAA.H.CH y la Resolución Directoral N° 314-2020-ANA-AAA.HCH, dándose por agotada la vía administrativa.

MARCO NORMATIVO: numeral 65.3 del articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos       numeral 23.2 del articulo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos  Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

553-2020

Sumilla

Se declara fundado el recurso de apelación, en consecuencis, sa revoca la Resolucion, dandose por agotada la vis administrativa

Marco normativo

numeral 65.3 del articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos       numeral 23.2 del articulo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos  Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0284-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 24015-2021.

IMPUGNANTE: Corporación Miraflores S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Corporación Miraflores S.A. contra la Resolución Directoral N° 047-2021-ANA-AAA JZ-V, por haber sido emitida de acuerdo a Ley.

MARCO NORMATIVO: Articulo 53° de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Mayo, 2021

N° de Expediente TNRCH

086-2021

Sumilla

Se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por el impugnante, puesto que, no ha cumplido con acreditar la disponibilidad hidrica para el abastecimiento del proyecto con fines agricolas. 

Marco normativo

Articulo 53° de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0280-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 189230-2020.

IMPUGNANTE: Elizabeth Huaripata Chingay.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por la señora Elizabeth Huaripata Chingay contra la Resolución Directoral N° 0997-2020-ANA-AAA.M; por falta de legitimidad para obrar.

MARCO NORMATIVO: Numeral 120.1  y 120.2 del Artículo 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Mayo, 2021

N° de Expediente TNRCH

129-2021

Sumilla

Se declara improcedente el recurso de apelación formulado por el administrado, por carecer de legitimidad para impugnar.

Marco normativo

Numeral 120.1  y 120.2 del Artículo 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor