Aprobar la Delimitación de los Bloques Campamento y Humahuala, según el plano que forma parte de la presente Resolución con el siguiente detalle: Bloque Campamento; el cual tiene un área bajo riego de 1.80 hectáreas, ubicado geográficamente entre las coordenadas 229600 E - 8371463 N, 229490 E - 8371714 N, 230369 E - 8372438 N y 230315 E - 8371714 N y Bloque Humahuala; el cual tiene un área bajo riego de 3.75 hectáreas, ubicado geográficamente entre las coordenadas 230881 E- 8372403 N, 230846 E - 8372437 N, 231677 E - 8373275 N y 230928 E - 8372889 N, de proyección UTM, zona L19 Datum WGS84, y políticamente ubicado en el distrito de Coporaque, provincia de Espinar y departamento de Cusco, el cual pertenece al Comité de Usuarios de Agua Lauca los Andes, Comisión de Usuarios de Agua Apanta Llancupi de la Junta de Usuarios de Agua Cuenca Alto Apurimac.