ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de la empresa Agrícola Joyas de Murga S.A.C, con RUC N° 20602074626, por la infracción tipificada en el numeral 3) del artículo 120° de la ley N° 29338, ley de Recursos Hídricos, "La Ejecución o modificaci6n de obras hidráulicas sin autorizaci6n de la Autoridad Nacional del Agua" y 1) respectivamente, "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso"; concordante con el literal b), del artículo 277o de su Reglamento, "Modificar sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a esta o en la infraestructura hidráulica mayor pública", respecto de haber realizado modificaciones a la cocha de agua, situada en el punto de coordenadas UTM WGS 84: 392,221 mE - 8'478,956 mN, en el sector Joyas de Murga , distrito de Humay, provincia de Pisco y departamento de Ica, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.