IMPONER sanción al Proyecto Especial Regional, Plan Meriss del Gobierno Regional del Cusco con RUC Nº 20140266575, con una multa equivalente a TRES PUNTO CINCO (3.5) UIT-Unidades Impositivas Tributarias vigente a la fecha en que se realice el pago, por "Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces, riberas, fajas marginales" (extracción de material de acarreo con maquinaria pesada en el cauce del río Vilcanota, selección de material fino y grueso dentro del cauce, instalación de dos zarandas con rampas en pleno cauce e interrumpiendo el desarrollo normal del flujo de agua, desviando a las márgenes del río, ocasionando la erosión del talud natural en la margen izquierda del cauce del río Vilcanota), conducta que constituye infracción de conformidad a lo establecido el numeral al 6) del artículo 120° de la Ley Nº 29338, en concordancia con el literal f) del artículo 277° de su Reglamento, la misma que debe de ser cancelada por el infractor en el plazo de quince días, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del Boucher de depósito a la Administración Local de Agua Sicuani, dentro del tercer día de efectuado el mismo.