Sancionar a la PERUVIAN ANDEAN TROUT S.A.C, inscrita en la Partida Electrónica N° 12923495 del registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, debidamente representada por su Gerente General José Alberto Muñoz Muñoz identificado con Carnet de Extranjería N° 000490001, con una multa de CUATRO COMA OCHO (4,8) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (U.I.T.) vigentes al momento de su cancelación por la comisión de las infracciones tipificadas en el numeral 1 y 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso; y la ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional ; concordado con el literal a) y b) del artículo 277° de su Reglamento, aprobado mediante D.S. N° 001-2010-AG establece que, usar, represar o desviar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua; y Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta o en la infraestructura hidráulica mayor pública, infracciones detalladas en la parte considerativa de la presente resolución.