R.D. N° 0530-2023-ANA-AAA.CHCH
Resumen
SANCIONAR a la empresa Agroindustria Casablanca S.A.C., con R.U.C. N° 20452302951, con la imposición de una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por utilizar las aguas superficiales proveniente del Río San Juan (margen izquierdo) a través de una galería filtrante derivándolo con un caudal estimado de 40 l/s a una poza de almacenamiento revestida con geomembrana ubicada en el punto de coordenada UTM WGS 84 E 396665 N 8516859, ubicado en el Sector Culebrilla, distrito Alto Larán, provincia de Chincha y departamento Ica; sin contar con el Derecho de Uso de Agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 1) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338 “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso” y el literal a) del Art. 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.