Declarar la caducidad, del procedimiento administrativo sancionador seguido contra el Sr. WILY NIKER MENDEZ CARIÑAUPA, identificado con DNI N° 44934234, por arrojar residuos sólidos en el cauce del río Sondondo, ocupar el cauce del agua sin autorización correspondiente, ocupar la faja marginal, obstruir el cauce, utilizar sin autorización la faja marginal dañar cuerpos de agua y realizar vertimientos sin autorización, conductas tipificadas como infracciones en los numerales 10, 6 y 5, respectivamente, del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales e y f, respectivamente, del artículo 277° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N°001-2010-AG por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.