Fuentes de financiamiento
Canal CHAVIMOCHIC
Los recursos financieros se necesitan para:
- Acciones de conservación y protección de recursos hídricos.
- Cubrir servicios de entrega, por ejemplo agua potable e irrigación.
- Cubrir acciones de tratamiento de aguas residuales.
- Inversiones para balancear la oferta y la demanda en términos tanto de espacio como de tiempo
- Financiar bienes públicos tales como la protección de la gente contra eventos extremos (inundaciones, sequías).
- Para cubrir el financiamiento de los Planes de Gestión de Recursos Hídricos de Cuencas en aquellas donde se dispone de este importante instrumento de gestión.
OBRAS POR IMPUESTOS
El mecanismo de Obras por Impuesto (OxI) es una modalidad de inversión pública que permite a una empresa o consorcio privado financiar y ejecutar proyectos de inversión pública que cuenten con la declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP)
4 Claves en las obras por impuestos:
1) Agiliza la ejecución de Proyectos de inversión pública con participación de la empresa privada en beneficio de la población.
2) Permite a los gobiernos Regionales o Locales y a las Universidades Públicas construir una obra y pagarla sin intereses hasta en 10 años.
3) La empesa privada se hace cargo de los estudios previos, expedientes técnicos y ejecución de la obra.
4) Pro Inversión articula, facilita y brinda asesoría técnica durante el todo el proceso.
El monto invertido por las empresas privadas será descontado hasta en un 50% de su Impuesto a la Renta correspondiente al año anterior y será recuperado mediante la emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL).
- Ve directamente en que se gastan los impuestos
- Mejora la reputación e imagen corporativa
- Programa de Responsabilidad Social
Beneficios para los Gobiernos Regionales y Locales:
- Acelera la ejecución de proyectos
- Dinamiza la economía local
- Aprovecha capacidad de gerencia
- Capacidad de contratación y financiera
ASOCIACIÓN PÚBLICA PRIVADA - APP
Las Asociaciones Público Privadas (APP), son modalidades de participación de la inversión privada en proyectos de inversión Pública en la cual se incorpora experiencia, conocimientos, equipos, tecnología de proponentes especializados. Son modalidades de gasto público.
Se distribuyen riesgos y recursos, con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública, proveer servicios públicos y/o prestar los servicios vinculados a éstos que requiera brindar el Estado, así como desarrollar proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica.
De acuerdo al Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1012, las Asociaciones Público – Privadas (APP) son modalidades de participación de la inversión privada en las que se incorpora experiencia, conocimientos, equipos, tecnología, y se distribuyen riesgos y recursos, preferentemente privados, con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública o proveer servicios públicos.
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FONDO DE PROMOCIÓN A LA INVERSIÓN PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL - FONIPREL
El Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local (FONIPREL), es un fondo concursable, cuyo objetivo principal es cofinanciar Proyectos de Inversión Pública (PIP) y estudios de preinversión orientados a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica, que tengan el mayor impacto posible en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país.
El FONIPREL podrá cofinanciar hasta el 99.9% del monto total de los proyectos de inversión (PIP) y elaboración de estudios de preinversión presentados por los Gobiernos Regionales (GGRR) y Locales (GGLL) en (12) prioridades de infraestructura social y económica. A cada prioridad le corresponde determinadas tipologías de proyectos, componentes, montos mínimos de inversión y criterios de formulación:
MI RIEGO
Son mil millones de soles (S/. 1.000.000.000) que el Gobierno del Perú ha destinado para financiar los estudios y la ejecución de obras de riego, como parte de la política de inclusión social en beneficio de las familias en situación de pobreza y pobreza extrema de la sierra de nuestro país.
¿Qué obras se pueden financiar?
Se podrá financiar la construcción y el mejoramiento de canales, represas, reservorios, instalación de riego tecnificado (aspersión y goteo), así como proyectos novedosos relacionados al riego, que hayan sido declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Los interesados pueden coordinar con los gobiernos locales y/o gobiernos regionales para la presentación de sus proyectos. Asimismo, pueden acudir a las entidades del Ministerio de Agricultura (MINAG) como AGRORURAL, PSI y los Proyectos Especiales. El MINAG firmará convenios con los gobiernos regionales y gobiernos locales para establecer mecanismos de coordinación y cooperación que garanticen la ejecución adecuada de los proyectos.
¿Cuáles son los requisitos para postular a los proyectos?
- Debe tratarse de proyectos para la provisión de servicios e infraestructura del uso de recursos hídricos con fines agrícolas, que causen impacto en la reducción de la pobreza extrema.
- Estar ubicados por encima de los 1,500 metros sobre el nivel del mar.
- Estar declarados viables por el Sistema Nacional de Inversión Pública y que cuente con el expediente técnico vigente.
- No estar incluidos en los Proyectos de Inversión Pública ganadores del concurso FONIPREL (Fondo de Promoción de la Inversión Pública Regional y Local).
Las dependencias del Ministerio de Agricultura podrán postular proyectos, en tanto cumplan con los requisitos previstos en la presente norma y cuenten con la opinión favorable del Gobierno Regional o Local correspondiente, la cual operará como solicitud para efectos del presente Reglamento.
El Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE) es un importante instrumento de la Estrategia de Desarrollo e Inclusión Social “Crecer para Incluir” que permitirá dotar de agua y saneamiento, caminos vecinales, electrificación y telecomunicaciones a millones de peruanos que viven en los distritos más pobres de nuestro país, procurando que las obras lleguen de manera simultánea.
El FONIE fue creado mediante el Artículo 23º de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013, con la finalidad de financiar la elaboración de estudios de preinversión, ejecución de proyectos de inversión pública, y/o mantenimiento, presentados por los Gobiernos Regionales, Locales, el propio Sector o las personas jurídicas privadas; para la ejecución de infraestructura de agua y saneamiento, electrificación, telecomunicaciones y caminos vecinales, de forma preferentemente simultánea, con el objeto de generar un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de vida en los hogares rurales.
“No es un fondo concursable”.
“No necesariamente conlleva obligación a contrapartida”.
“Es un Fondo intangible”.
Las intervenciones con recursos del FONIE serán gestionadas por las Unidades Sectoriales:
a. Agua y Saneamiento:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU).
Directora: Sra. María Luisa Funegra Vela.
Dirección: Av. Paseo de la República 3361, San Isidro-Lima.