SANCIONAR administrativamente a Carlos Francisco Avalos Silva identificado con DNI N° 17818921 por incurrir en las infracciones contenidas en el numeral 1) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, señala que constituye infracción en materia de aguas, utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso; concordante con el literal a) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, el cual establece que es infracción en materia de aguas: “Usar (...) las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua (...)”; El numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, señala que constituye infracción: realizar vertimientos sin autorización; concordante con el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, el cual establece que es infracción en materia de aguas: "Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua (...) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua” ; y estando a lo previsto en el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, el cual establece que es infracción en materia de aguas: Usar las obras de infraestructura pública para fines (...) distintos a los programados que pueda originar deterioros”; conductas consideradas como infracción GRAVE, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; por lo que la sanción a imponer es equivalente a CUATRO COMA CINCO (4,5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS vigente a la fecha de pago infracción, multa que deberá pagar en el plazo de quince (15) días de notificada con la presente resolución, en el Banco de La Nación, a la Cuenta Corriente Nº 0000-877174, cuya denominación es: ANA-Multas; debiendo remitir el comprobante de pago efectuado a la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey Chicama.