SANCIONAR al señor Roberto Palomino Hurtado, identificado con DNI No 22076701, con una multa a DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, por la ejecución de obras hidráulicas, consistentes en la perforación de un pozo cocha, en el punto de las coordenadas: UTM (WGS 84) 494,343 mE, 8’360,453 mN, sector Soysongo, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, sin contar con la autorización correspondiente de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada por el numeral 3 “la ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autorización Nacional”, del artículo 120o de la Ley N° 29338- Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal b) “ Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a ésta o en la infraestructura hidráulica mayor pública” del artículo 277o del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo No 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.