Autoridad Administrativa del Agua de Chaparra - Chincha

R.D. N° 0620-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

DESESTIMAR la solicitud de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales o Infraestructura Hidráulica Publica Multisectorial, para la ejecución del proyecto "Ampliaci6n de la Defensa Ribereña en el Rio Calicanto del Distrito de Chaviña - Provincia de Lucanas - Departamento de Ayacucho" del programa "Trabaja Perú", con CUT N° 2479121, presentada por la Municipalidad Distrital de Chaviña - Lucanas, Ayacucho, representada por su Alcalde señor Víctor Hugo Lucana Meza, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0619-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

DECLARAR FUNDADO el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por el señor Carlos Rubén Almora Castillo, identificado con DNI N° 21522854, en representación de la empresa GRANJA DANIELA E.I.R.L. con RUC N° 20495043143, en contra de Resolución Directoral N° 328-2020-ANA-AAACH.CH, de fecha 22.07.2020 por haber encontrado conforme a derecho el medio probatorio aportado; y por lo tanto REVOCAR, la recurrida, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0618-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial con Fines agrícolas para el predio denominado "EI Madrigal" ubicado en el caserío Huambo, distrito de Yauca del Rosario, provincia y departamento de Ica, presentada por la señora Mirian Verónica Cisneros Huamani, identificada con DNI N° 43655764, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0617-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

DECLARAR IMPROCEDENTE la oposición formulada por el señor Valentín Taipe Juro, identificado con DNI N° 22065050, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0616-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

SANCIONAR a la Empresa Agrícola Sol de Villacuri SAC., con RUC N° 20512864300, con una multa equivalente a CINCO PUNTO DIEZ (5.10) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por la ejecución de obras hidráulicas, consistente en la perforación de un pozo tubular, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 403,385 mE - 8'461,936 mN, sector Pampas de Villacuri, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, sin contar con la autorización correspondiente de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada por el numeral 3 "Ia ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional" del articulo 120' de la Ley N' 29338 - Ley de Recursos Hídricos , concordante con el literal b) "Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a esta o en la infraestructura hidráulica mayor publica" del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos , aprobado por Decreto Supremo N° 001 -2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0615-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

SANCIONAR al señor Cirilo Jiménez Mendoza, identificado con DNI N° 40347170, con una multa equivalente a UNO PUNTO VEINTICINCO (1.25) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por la ejecución de obras hidráulicas, consistente en la perforación del pozo a tajo abierto con IRHS-022, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 601,300 mE - 8'273,816mN, del centro poblado Relave, distrito de Pullo, provincia de Parinacochas y departamento de Ayacucho, sin contar con la Autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción en materia de recursos hídricos tipificada en el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso", concordante con el literal a) "Usar, represar o desviar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorizaci6n de la Autoridad Administrativa del Agua" .. así como tarnbien, lo dispuesto por el numeral 3 " Ia ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional" del artículo 120° de la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal b) "Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o  transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a esta o en la infraestructura hidráulica  mayor publica" del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N" 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0614-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

SANCIONAR a los señores Luciana Dina Zunino Salvatierra, identificada con DNI N° 10793017, Aldo Gino Zunino Salvatierra, identificado con DNI N° 09533569; Magdalena Claudia Zunino Salvatierra, identificada con DNI N" 09539036 y Carmen Elena Zunino Salvatierra, identificada con DNI N" 09992497; con una multa de forma solidaria equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, por usar del agua el recurso hídrico subterráneo proveniente del pozo IRHS SIC; ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) E 0375704 N 8515655, sector Jacobo, distrito Sunampe , provincia de Chincha, departamento de lca, para el riego de cultivo de pecanos en el predio de UC 04962, sin contar el derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, hechos tipificados como infracción según numeral 1) del artículo 120° de la ley de Recursos Hídricos , concordante con el literal a. del artículo 277° del Reglamento de la ley, aprobado por Decreto Supremo N°001-201O-AG; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0613-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

NO HABER MERITO para iniciar procedimiento de Revocación de Licencia de Uso de Agua Subterránea con fines Productivo - Agrarios (Uso Agrícola), otorgado mediante Resolución Administrativa N° 357-2009-ANA-ALA ICA, de fecha 29.11.2009 a la Asociación de Ganaderos y Agricultores de Santa Ana de Huaycahuacho, respecto del pozo IRHS-11-01-01-234, ubicado en el sector EI Guayabo, distrito, provincia y departamento de lca; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0612-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

DECLARAR FUNDAOO en parte el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la empresa AGROEXPORTADORA FEMAR SAC; con RUC N°20605608559; contra la Resolución Directoral N° 403-2020-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 03.09.2020; por haber encontrado conforme a derecho el medio probatorio aportado conformado por el contrato de Locación de Servicios de Limpieza y Mantenimiento de Pozos de fecha 01.08.2014; determinando que no hay responsabilidad administrativa por la infracción correspondiente a la Ejecución de Obras Hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, tipificada en el numeral 3) del articulo 120° de la Ley N" 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal b) del artículo 277° del su Reglamento.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0611-2020-ANA-AAA II.CHCH

Resumen

DECLARAR FUNDADO en parte el Recurso Administrativo de Reconsideración interpuesto por la empresa AGROEXPORTADORA FEMAR SAC; con RUC N° 20605608559; contra la Resolución Directoral N° 409-2020-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 03.09.2020; por haber encontrado conforme a derecho el medio probatorio aportado conformado por el contrato de Locación de Servicios de Limpieza y Mantenimiento de Pozos de fecha 01.08.2014; determinando que no hay responsabilidad administrativa por la infracción correspondiente a la Ejecución de Obras Hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, tipificada en el numeral 3) del artículo 120° de la ley N" 29338 ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal b) del artículo 277 ° del su Reglamento.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Noviembre, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua