SANCIONAR al señor Javier Antonio Córdova Ascencio, identificado con DNI N° 21562403; con una multa equivalente a CINCO PUNTO CERO UNO (5.01) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por ejecutar obras hidráulicas, consistente en la construcción de un pozo S/C, ubicado a 5 m. del punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 424,609 mE - 8´433,720 mN, del predio de UC. N° 08268 sector Santa Rosita, distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, sin contar con la respectiva autorización de la Autoridad Nacional del Agua; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 3) "La ejecución o modificación de Obras Hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua" del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal b) "Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes asociados a esta o en la infraestructura hidráulica mayor pública" del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; con el agravante establecido en el numeral 1) del artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.