SANCIONAR a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur S.A. – EMAPAVIGS S.A., con RUC N° 20163549027, con la imposición de una multa equivalente a CINCO PUNTO UNO (5.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por haber realizado extracción de agua subterránea del pozo tubular IRHS-11-03-01-321 ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 507,823 mE – 8’359,546 mN, distrito de Nazca, provincia y departamento de Ica, en mayores volúmenes a los establecidos mediante Resolución Administrativa Nº 294-2009-ANA-ALA-PALPA-NASCA de fecha 26.11.2009, sin contar con la licencia emitida por la Autoridad Nacional del Agua, infringiendo la normatividad en materia de recursos hídricos, de acuerdo a lo señalado en el numeral 2) del artículo 120° “El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57 de la Ley” de la Ley N° 29338 – Ley de Recursos Hídricos, el cual es concordante con el literal i) del artículo 277° “Utilizar el agua con mayores caudales o volúmenes que los otorgados …” del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.