ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado en contra de la empresa Agrícola Don Luis S.A., con RUC N° 20325346435, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a la empresa Agroindustrias Campo Verde S.A.C., con RUC N° 20479914711, con la imposición de una multa equivalente a UNO PUNTO CINCO (1.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por utilizar el recurso hídrico proveniente del Rio Ica, para irrigar sus cultivos de palto ubicados en los puntos de las coordenadas UTM (WGS 84) 421, 276 mE – 8’447,095 mN y UTM (WGS 84) 421,269 mE – 8’447,168, sector del dique Saraja, distrito, provincia y departamento de Ica, por medio de bombeo directo del citado rio, a través de manguera de succión de color naranja, sin contar con el derecho correspondiente emitido por la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos tipificado en el numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”, concordante con el literal a) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.