SANCIONAR al señor Félix Roberto Vargas Alvarado, identificado con DNI N°22185872 y a la señora Angelica María Binasco Arana de Vargas, identificada con DNI N°42557424, con una multa solidaria equivalente a OCHO PUNTO CERO (8.0) Unidades Impositivas Tributarias, (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, al destinar el agua proveniente del pozo IRHS 11.05.03. PP-73, autorizada para su predio denominado Joya B Valle de Pisco con UC 082919, mediante Resolución Directoral N° 0458-2023-ANA-AAA.CHCH de fecha 26.06.2023, con un área bajo riego de 7.5000Has, ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco y región Ica, a un predio distinto del cual fue otorgado, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, acción que se encuentra tipificado como infracción en el numeral 2) “El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el Artículo 57° de la Ley” (Articulo 57 Obligaciones de los titulares de licencia de uso; numeral 1) utilizar el agua en la cantidad, lugar y para el uso otorgado, garantizando en mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales) del Articulo 120 de la Ley N°29338 - Ley de Recursos Hídricos; concordante con el literal g) “Destinar las aguas a uso o predio distinto para el cual fueron otorgadas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, del Artículo 277 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N°001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.