Sancionar, administrativamente al señor Rosmel Riberino Ramírez Barba con DNI 44082393, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 - Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, considerada como infracción leve, imponiéndose una sanción administrativa de multa ascendente a 0,5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de pago, que deberán ser abonadas en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº 0000877174 correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles.