RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº0022-2014-ANA-AAA.HCH-ALA.CHUARMEY
ARTICULO PRIMERO.· Reconocer al Comité de Usuarios de Agua del Canal Racrao Baja, como una Organización de Usuarios de Agua prevista en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos
ARTICULO PRIMERO.· Reconocer al Comité de Usuarios de Agua del Canal Racrao Baja, como una Organización de Usuarios de Agua prevista en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos
ARTICULO PRIMERO.- Reconocer al Comité de Usuarios de Agua del Canal Huacatoma - Santa Clara, como una Organización de Usuarios de Agua prevista en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos.
AUTORIZAR en vías de regularización la ejecución de obras del sistema de agua por gravedad a favor de la Junta Administradora de Agua Potable "El Relajo", ubicado políticamente en el sector de Afilador Km 3.5 carretera Tingo María - Huánuco, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, región Huánuco.
Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 001-2012-ANA-ALA-ICA de fecha 04 de enero del 2012.
Se declara fa nulidad de la Resolución Administrativa N° 445--2013-ANA-ALA-HUARAZ. por vulneración al principio del debido procedimiento al habérsele sancionado sin que, previamente. se haya iniciado un procedimiento administrativo sancionador.
Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Agricultores El Milagro La Yarada contra la Resoluciónirectora / No 861-2013-ANNAAA 1 C-0, por extemporáneo
Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Empresa de Productos Ecológicos de Cochinilla ACPI S.An (EPECO-A SA), contra la Resolución Directora/ N° 407-2013-ANNAAA 1 C-0, al verificarse que han operado los supuestos para declarar el abandono del procedimiento, e improcedente el recurso de apelación presentado por la Asociación de Viveros Forestales El Carmín (ASVIFOC), contra la Resolución Directora/ N° 895-2013-ANNAAA 1 C-0, por haberse interpuesto de forma extemporánea.
Designar a los miembros del Comité Especial encargado de conducir el proceso de selección destinado a la "Contratación de Consultores Individuales para la Formulación de Estudios de Preinversión a nivel de Perfil y Factibilidad, Proyecto: Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos en las cuencas Hidrograficas Chillón, Rimac y Lurín", en el marco del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable suscrito por la Corporación Andina de Fomento y la Autoridad Nacional del Agua
Autorizar el viaje del señor Manuel Ricardo Baca Rueda, profesional de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hidricos, a las ciudades de Seúl y Seongnam, República de Corea del Sur, del 13 de mayo al 02 de junio de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural.
Encargar , Apartir del dia 12 de Mayo de 2014,al señor Jaine Aritomi Canevaro,las funciones de Asesor de la Alta Direcciòn,de la Autoridad Nacional del Agua, en aspectos vinculados al manejo del sistema de los sistemas de regulaciòn,de los recursos Hìdricos.
Renovar la autorización de vertimiento de aguas residuales industriales tratadas otorgada a favor de REFINERIA LA PAMPlLLA SAA otorgada mediante Resolución Directoral N° 040-2012-ANA-DGCRH, provenientes de la Planta Industrial de Refinación de Petróleo, ubicada a la altura del Kilómetro 25 de la autopista a Ventanilla, distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao; por un volumen anual de 1 200000 m3.
Declarar improcedente la solicitud de autorización de vertimiento de aguas residuales domésticas tratadas, presentada por PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC, procedentes de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) a construir para el tratamiento de los efluentes de la Planta de Tratamiento de Agua Potable de Trujillo (PTAPT), ubicada en la localidad de Moche, distrito y provincia Trujillo, departamento La Libertad.
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°907-2013-ALA.CHRL,PRESENTADO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°311-2013-ALA.CHRL,PRESENTADO CON FECHA 25 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°927-2013-ALA.CHRL,PRESENTADO CON FECHA 26 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°255-2013-ALA.CHRL,PRESENTADO CON FECHA 20 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°896-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°895-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°347-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 03 DE OCTUBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°894-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°353-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 03 DE OCTUBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°262-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 20 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°291-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 25 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°926-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 26 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°953-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 26 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°954-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 26 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°909-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°905-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°902-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°901-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°900-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°899-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°257-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 20 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA SEDAPAL CONTRA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°898-2013-ALA.CHRL, PRESENTANDO CON FECHA 19 DE SETIEMBRE DEL 2013, POR EXTEMPORÁNEO, EN ATENCIÓN A LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS EN LOS CONSIDERANDOS EXPUESTOS. |
OTORGAR LICENCIA DE USO DE SUPERFICIALCON FINES AGRARIOS A FAVOR DE DON SAMUEL RAUL ALEJANDRO PALACIOS Y MARLENI CCALLUCO LLAMOCA. |
Aprobar la Delimitación del Bloque de Riego Mamacnio, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 5,1281 hectáreas, ubicado geográficamente en la zona 18S, entre las coordenadas UTM: WGS 84: P01: 548032- E, 8663057-N; P02: 548969-E: 8661817-N; P03: 549053- E, 8662202-N; P04: 547952-E, 8662767-N y políticamente en el distrito de Huachocolpa, provincia Tayacaja, departamento Huancavelica.
Aprobar la Delimitación del Bloque de Riego Yuncapampa, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 20,6339 hectáreas, ubicado geográficamente en la zona 18S, entre las coordenadas UTM: WGS 84: P01: 550980- E, 8660790-N; P02: 551611-E: 8659713-N; P03 : 551797- E, 8660004-N ; P04: 550867-E, 8660615-N y políticamente en el distrito de Huachocolpa, provincia .Tayacaja, departamento Huancavelica.
Autorizar a la Municipalidad Distrital de Ayahuanco a la ejecución de los estudios de aprovechamiento hídrico del proyecto "Creación de la Construcción del Sistema de Riego Presurizado Qochacc, Localidad de Qochacc del distrito de Ayahuanco - Huanta - Ayacucho”.
Aprobar la Delimitación del Bloque de Riego Huaccayrumi Yurupata, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 0,6147 has, ubicado geográficamente en las coordenadas extremas UTM: P01 (E: 542 189, N: 8 669 972), P02 (E: 542 598; N: 8 669 371), P03 (E: 542 688, N: 8 669 418) y P04 (E: 542 148; N: 8 669 909), Datum WGS 84, Zona 18S y políticamente en el distrito de Huachocolpa, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica.
Aprobar la Delimitación del Bloque de Riego Minapampa, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 9,8022 hectáreas, ubicado geográficamente en la zona 18S, entre las coordenadas UTM: WGS 84: P01: 543926- E, 8668967-N; P02: 544002-E: 8668138-N; P03: 544397- E, 8668408 - N; P04: 543444-E, 8668555-N y políticamente en el distrito de Huachocolpa, provincia ayacaja, departamento Huancavelica.
Aprobar la Delimitación del Bloque de Riego Huaysilo La Florida, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 0,5016 hectáreas, ubicado geográficamente en la zona 18S, entre las coordenadas UTM: WGS 84: P01: 541 287- E, 8 669 747-N; P02: 541 404-E: 8 669 528-N; P03: 541 495- E, 8 669 601-N; P04: 541 196-E, 8 669 694-N y políticamente en el distrito de Huachocolpa, provincia Tayacaja, departamento Huancavelica.
Aprobar la Delimitación del Bloque de Riego Yacohuaycco La Florida , según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 2,8626 hectáreas, ubicado geográficamente en la zona 18S, entre las coordenadas UTM: WGS 84: P01: 541545 - E, 8670061-N; P02: 541414-E: 8669735-N; P03: 541563- E, 8669957-N; P04: 541148-E, 8669807-N y politicamente en el distrito de Huachocolpa, provincia Tayacaja, departamento Huancavelica.
Aprobar la Delimitación del Bloque de Riego Kullupaccha, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 2,1292 has, ubicado geográficamente en las coordenadas extremas UTM: P01 (E: 544 625, N: 8 667 684), P02 (E: 544 771; N: 8 667 214), P03 (E: 544 870, N: 8 667 441) y P04 (E: 544 340; N: 8 667 479), Datum WGS 84, Zona 18S y políticamente en el distrito de Huachocolpa, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica.
Aprobar la Delimitación del Bloque de Riego San José de Colpa Baja, según el plano que forma parte de la presente resolución, el cual tiene un área bajo riego de 2,8945 has, ubicado geográficamente en las coordenadas extremas UTM: P01 (E: 544 625, N: 8 667 684), P02 (E: 544 771; N: 8 667 214), P03 (E: 544 870, N: 8 667 441) y P04 (E: 544 340; N: 8 667 479), Datum WGS 84, Zona 18S y políticamente en el distrito de Huachocolpa, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica.
Autorizar a favor del Programa Regional de Irrigación y Desarrollo Rural Integrado (PRIDER) del Gobierno Regional de Ayacucho, la ejecución de los estudios de aprovechamiento hídrico del proyecto denominado "Instalación del Sistema de Riego Azafrancucho, provincia de Huanta-Ayacucho” que plantea utilizar el recurso hídrico proveniente de la quebrada Azafrancucho, con fines agrarios, ubicado en los distritos de Iguain, Huamanguilla y Pacaycasa, provincias de Huanta y Huamanga y departamento de Ayacucho.
RESUELVE, ARTICULO PRIMERO.- Reconocer al Consejo Directivo del Comité de Usuarios de Agua Pacsica, integrante de la Comisión de Regantes Santa Rosa, y de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego de Abancay, electo para el periodo 2014 - 2016; la organización se encuentra ubicado en el Distrito de Just Apu sahuaraura, Provincia Aymaraes, Departamento Apurímac, el cual está conformado por los siguientes usuarios
PRESIDENTE.- Sr. Eloy Espinoza Zavala.
SECRETARIO.- Sr. Peter Carpio Tapia.
TESORERO.- Sr. Justo Vicente Saavedra Cucche.
RESUELVE, ARTICULO PRIMERO.- Reconocer al Consejo Directivo del Comité de Usuarios de Agua Limanqui, integrante de la Comisión de Regantes Huanipaca, y de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego de Abancay, electo para el periodo 2014 - 2016; la organización se encuentra ubicado en el Distrito de Huanipaca, Provincia Abancay, Departamento Apurímac, el cual está conformado por los siguientes usuarios:.
PRESIDENTE .- Sr. Santos Walter Ustua Palomino.
VICEPRESIDENTE.- Sr. Laureano Zavala Chipana
SECRETARIO.- Sr. Juan Carlos Carrasco Palomino.
TESORERO.- Sr. Julián López Quispe.
FISCAL .- Sr. Edwin Raúl Zavala Chacón.
1° VOCAL.- Sr. Emilio Vega Flores.
2º VOCAL.- Sr. Benito Palomino Cusi.
Reconocer al Consejo Directivo del Comité de Usuarios de Agua Ccochua, integrante de la Comisión de Regantes Curahuasi, y de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego de Abancay, electo para el periodo 2014 - 2016; la organización se encuentra ubicado en el Distrito de Curahuasi, Provincia Abancay, Departamento Apurimac, el cual está conformado por los siguientes usuarios:
OTORGAR, la Licencia de uso de agua superficial, para uso productivo con fines Mineros, a favor la Cooperativa Minera San Miguel de Aporoma Limitada, para el proyecto de Exploración Minera "Aporoma A", a desarrollarse en la concesión Minera "Aporoma A", proveniente de la fuente de agua denominado Manantial "Tambopata", cuya captación está localizado en la coordenada UTM referidas al datum (WGS-84) - Zona 19L-S., 444,464-E, y 8'447,753-N, con un caudal de 0.079 litros por segundo, haciendo un volumen anual de 2,485.99 m3, ubicado en el paraje Aporoma, distrito de Phara, provincia de Sandia y región Puno. (…)
RESUELVE, ARTICULO PRIMERO.- Declarar la extinción por renuncia del titular, de la Resolución Administrativa Nº 343-2012-ANA-ALA-MEDIO APURIMAC-PACHACHACA, de fecha 29 de octubre del 2012, que otorga en vías de regularización a MINERA ANTARES PERU SAC., Autorización de Uso de Agua con fines Mineros de las aguas provenientes del manantial Carcelhuaycco, ubicado en la comprensión de la Comunidad Campesina de Huanacopampa, distrito Progreso, provincia Grau,departamento y región Apurímac, para su utilización dentro de las actividades a realizarse en el proyecto minero "HAQUIRA" ( ... ), por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Otorgar a MINERA ANTARES PERU SAC, Autorización de Uso de Agua con fines minerosde las aguas provenientes del manantial Carcelhuaycco ubicado en el distrito de Progreso, provincia de Grau, departamento y región Apurímac, conforme a la georeferenciación realizada a través del sistema de proyección universal Datum WGS 84 zona 18 L, cuyo recurso hídrico será utilizado en operaciones de explotación el proyecto Haquira, siendo el volumen anual de otorgamiento de 11,037.60 m3 y un volumen total total de otorgamiento de veintidós mil setenta y cinco punto veinte metros cúbicos (22 075.20 m3), en un plazo de dos (02) .años, conforme al cuadro presente, así mismo las aguas serán utilizadas conforme a la siguiente distribución mensualizada