SANCIONAR a la señora Myriam María Cruces Herrera, identificada con DNI N° 22070577, con una multa equivalente a CERO PUNTO SESENTA (0.60) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por no haber cumplido con instalar el dispositivo de control y medición de agua (caudalímetro) del pozo tipo tajo abierto con IRHS-11-03-01-1599, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 506,114 mE- 8’360,893 mN, calle San Martín, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica; incurriendo en la infracción tipificada en el numeral 2 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos “el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57º de la Ley, numeral 5 del artículo. 57° de la Ley N° 29338 “instalar los dispositivos de control y medición de agua, conservándolos y manteniéndolos en buen estado”, concordante con el literal k) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG “Mantener en malas condiciones la infraestructura hidráulica, los dispositivos de control y medición necesarios para el uso del agua o incumplir con instalar dichos dispositivos”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.