R.TNRCH. Nº 0257-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 42544-2021.

SOLICITANTE: Empresa de Reciclaje Ecológico Comercial Servicios Generales S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Se declara que carece de objeto pronunciarse respecto a la queja presentada por la Empresa de Reciclaje Ecológico Comercial Servicios Generales S.A.C. contra la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, por haberse producido la sustracción de la materia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 169.1 del artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CARECE DE OBJETO

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

140-2021

Sumilla

Se observa que  el defecto alegado por el administrado ha sido subsanado con posterioridad al inicio de la queja, por lo que carece de objeto pronunciarse de la referida queja. 

Marco normativo

Numeral 169.1 del artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor