RECTIFICAR, de oficio el error material contenido en el artículo tercero de la Resolución Directoral N° 0237-2023-ANA-OA de fecha 06 de julio de 2023, debido a la omisión de no incluir el último número del clasificador de gasto 1, así como, la no inclusión del clasificador de gasto referido a “Otros Gastos” en los siguientes términos:
DICE: (…) El Egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución será con cargo a la Meta 010: Gestión de Operadores de Infraestructura Hidráulica, Fuente de
Financiamiento: Recursos Ordinarios; y en los clasificadores de gasto 2.3.2.7.11.5, servicio de alimentación por consumo humano y 2.3.2.1.2.1 servicio de transporte 2.3.2.7.1.0.
DEBE DECIR: (…) El Egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución será con cargo a la Meta 010 Gestión de Operadores de Infraestructura Hidráulica, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y en los clasificadores de gasto 2.3.2.1.2.1, Pasajes y gastos de transportes, 2.3.2.7.11.5 Servicio de alimentación de consumo humano, 2.3.2.7.10.1 Servicios prestados por personas naturales o jurídicas para realizar seminarios, talleres y similares organizados por la institución y 2.3.2.1.2.99 Otros gastos