251 - 260 Normativas de 12117
R.TNRCH. Nº 0840-2025-ANA

CUT: 136621-2025.

IMPUGNANTE: Concesionaria Trasvase Olmos S.A.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Dañar, obstruir o destruir las obras de infraestructura hidráulica pública o cualquier bien asociado al agua natural o artificial.

SUMILLA: La descarga deliberada de sedimentos de un embalse para incrementar su volumen útil no constituye caso fortuito.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 13.53 UIT - Muy grave.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0839-2025-ANA

CUT: 34871-2024.

IMPUGNANTE: Jorge Luis Velarde Chalco.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La infracción de ejecución de obras sin autorización recae en la persona que realiza la acción, en este caso, la perforación del pozo, sea propietario, poseedor o contratista de la obra.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.1 UIT - Grave.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0838-2025-ANA

CUT: 20322-2024.

IMPUGNANTE: Fidel Soto Calderón.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Intervención de terceros.

SUMILLA: La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ya había concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0837-2025-ANA

CUT: 125182-2024.

IMPUGNANTE: Concentramin E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha. 

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Cuando la inspección se lleva a cabo dentro de un plan de fiscalización inopinada no es necesaria la previa notificación del administrado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos literal a) del artículo 277º de su Reglamento, literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 6° de los Lineamientos para la tramitación del procedimiento administrativo sancionador por transgresión a la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, y su Reglamento, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 235-2018-ANA.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 4.9 UIT - Grave.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0836-2025-ANA

CUT: 144501-2024.

IMPUGNANTE: Faste Inversiones Generales S.A.C.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: - Usar, represar o desviar agua sin autorización. - Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: No hay subsanación voluntaria cuando el título habilitante se otorga después del inicio del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 de los artículos 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.0 UIT - Leve. 

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0835-2025-ANA

CUT: 157296-2025.

IMPUGNANTE: Sociedad Agrícola Drokasa S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja por defecto de tramitación tiene por finalidad corregir defectos de tramitación en el procedimiento, por tanto, cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite del procedimiento, la queja será desestimada.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0834-2025-ANA

CUT: 184791-2024.

IMPUGNANTE: Mónica Gerardina Coyla de Huacasi.

ÓRGANO: ALA Juliaca.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: En los procedimientos de formalización de licencia de uso de agua a pedido de parte, la carga de la prueba corresponde al solicitante.

MARCO NORMATIVO: Artículos 4° y 5º del Decreto Supremo Nº 001-2024-MINAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0833-2025-ANA

CUT: 162764-2024.

SOLICITANTE: AAA Marañón.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de aprobación ficta.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Cuando las obras de captación se realizan en bienes naturales asociados al agua que son bienes de dominio público hidráulico, no se requiere título de propiedad o posesión legítima.

MARCO NORMATIVO: Artículos 84º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 16.2 del artículo 16º del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0832-2025-ANA

CUT: 163554-2024.

SOLICITANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento – JASS del Centro Rural de Cusibamba.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: El acto administrativo que otorga la acreditación de disponibilidad hídrica es válido cuando el balance determina superávit, por lo que no afecta derecho de terceros.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53º de la Ley del Recursos Hídricos y numeral 81.1 del artículo 81º de Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 08 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0831-2025-ANA

CUT: 207323-2024.

SOLICITANTE: Máximo Lázaro Prudencio Guillén.

ÓRGANO: ALA Huaraz.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: El acto administrativo que otorga la acreditación de disponibilidad hídrica es válido cuando el balance determina superávit, por lo que no afecta derecho de terceros.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 08 Agosto 2025
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